28 profesores ejercen pese a tener condenas
Un total de 28 profesores de Tarapacá estarían impedidos de trabajar en establecimientos educacionales, ya que no cumplen con la idoneidad moral para ejercer sus cargos según lo establece la ley.
Lo anterior, a raíz de un catastro del Centro de Estudios del Ministerio de Educación que corroboró los datos de docentes que fueron condenados por crímenes o simples delitos y que fueron revelados por el diario El Mercurio.
El artículo 46 de la Ley General de Educación establece que 'todo el personal docente deberá poseer idoneidad moral, entendiéndose por tal no haber sido condenado por crimen o simple delito', entre los que se cuentan, el abandono de menores, delitos sexuales, homicidio, tráfico ilícito de estupefacientes y violencia intrafamiliar.
Son 600 profesores en todo Chile que no cumplen con la norma y lidera la lista la Región Metropolitana con 198 casos.
Así también a nivel nacional el 55 por ciento de los profesores se desempaña en colegios subvencionados y el 70% son mujeres.
El director regional de la Superintendencia de Educación, Juan Carlos Sánchez, explicó que a raíz de la Ley General de Educación por lo menos una vez al año los directores y sostenedores tienen que revisar los antecedentes penales de los profesores.
Agregó que la información se registra y verifica a nivel central a través de los servicios gubernamentales correspondientes. 'Una vez que llegan los datos informamos a las personas correspondientes que hay que amonestar y en ese caso el colegio es sancionado por no cumplir con las normas legales', aseveró Sánchez.
El profesor que no cuenta con la idoneidad moral ante la ley debe ser desvinculado del establecimiento, además el recinto es sancionado a pagar una multa. 'La multa es una falta menos grave y eso debería ser las 51 UTM, estamos hablando de un millón de pesos por persona [...] Hemos establecido una multa en la región producto de las fiscalizaciones que hemos hecho como superintendencia regional', aclaró Sánchez.
Sobre los colegios involucrados, la autoridad de Educación declinó referirse, al decir que 'no me gustaría emitir juicios a priori de colegios ni personas. Evidentemente una persona que no sea idónea no puede seguir trabajando [...] No se puede jugar con la honra de las personas, hay que entender que esa persona tiene familia, pero también hay que entender que no pueden seguir trabajando'.
Además de la reglamentación exigida por la Ley General de Educación, también existe la prohibición de que trabajen en colegios personas condenadas por delitos sexuales contra menores.
Para ello se creó un registro y a la fecha 50 funcionarios fueron sacados del sistema escolar por quebrantar la ley, así lo consigna El Mercurio.
El director regional de la Superintendencia de Educación afirmó que en Tarapacá había una persona que fue condenada por ese delito, fue sacada del establecimiento donde laboraba y se le cursó la multa correspondiente al colegio.
'Aquí no hay doble estándar, no puede ni debe haber doble estándar. La ley está hecha para cumplirla y vamos a ser inflexibles. Si una persona aparece en el registro y no puede trabajar, no puede trabajar. Y así lo hemos hecho', insistió Juan Carlos Sánchez.
Añadió que el proceso de revisión de antecedentes de los profesores debe ser dinámico y los directores y sostenedores deben verificar los datos antes de cometer un error y engrosar el registro.