Ruidos Molestos
Los niveles máximos permitidos de ruido en los lugares de trabajo es de 85 decibeles, según el artículo 75 del Decreto Supremo N° 594, de 2000, del Ministerio de Salud.
Sin embargo, en las vías públicas de nuestra ciudad circulan vehículos que superan ampliamente dicho límite, que son los automóviles a los que les cambian el silenciador por un dispositivo llamado "tronador" o motos con "escape libre" que cometen la Infracción por Ruidos Molestos y propagan la contaminación acústica a los vehículos estacionados que activan sus sirenas de alarma.
¿Qué hacen los Carabineros de Tránsito que no los fiscalizan? Y en las Plantas de Revisión Técnica ¿Por qué los permiten? Exijo una explicación.
Waldo Alfaro Alfaro.