Reiniciar el proceso de evaluación del proyecto de instalación de un planta de transferencia de ácido sulfúrico en el puerto de Iquique es la orden que deberá acatar la Dirección Regional del Servicio de Impacto Ambiental (SEA) de Tarapacá. Esto, luego que el Tribunal Ambiental resolviera dejar sin efecto la resolución exenta N°1195 a través de la cual el SEA rechazó el reclamo que la empresa San Alicia S.A. presentó tras el rechazo de su proyecto.
Tal disposición corresponde a la decisión unánime que el 25 de mayo adoptó el Segundo Tribunal Ambiental. Éste acogió parcialmente la reclamación presentada por la importadora que consideró ilegal la resolución con la cual se dejó sin efecto el recurso de reclamación presentado ante la institución evaluadora.
La sentencia del Tribunal Ambiental critica la falta de fundamentación en la actuación del SEA Tarapacá. Es así que en su vigésimo tercer considerando precisa que "la Dirección Regional del SEA de la Región Tarapacá emitió un Informe Consolidado de Evaluación mal fundamentado y con errores de interpretación de la normativa".
Asimismo agrega que dicha institución para emitir sus juicios "no debiera limitarse a la mera reproducción de las opiniones de los organismos sectoriales, sino a una revisión acuciosa de todos los elementos a considerar".
En ese sentido, el Tribunal Ambiental también ordenó que el SEA solicite a la empresa San Alicia S.A. las aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones necesarias para proseguir con la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental.
ARGUMENTOS
El fallo emitido por dicho Tribunal hace alusión al 2013, año en que el proyecto fue rechazado por la Comisión de Evaluación pero que durante su análisis generó opiniones a favor y en contra.
Fue el entonces seremi (s) de Medio Ambiente, Miguel Ángel Quezada, quien dijo que "dado que la seguridad es una política constante, la alternativa de instalar esta planta estaría fuera de cualquier posibilidad".
Según el documento, el SEA argumentó que las normas permiten que productos como el ácido sulfúrico sólo se almacenen en recintos portuarios autorizados por la Capitanía de Puerto pero por un periodo temporal y no definitivo como -según sostuvo la institución- pretendería el proyecto.
Al respecto se intentó contactar al director regional del SEA, Pedro Valenzuela, sin embargo, desde su secretaría se informó que resultaba imposible debido a "múltiples ocupaciones" que tenía.
empresa
En torno al tema, el gerente general de la importadora San Alicia S.A., Luis Alberto Simian, dijo que si bien aún no se les notificó el dictamen emitido por el Tribunal de Ambiente, la disposición los obligará a revaluar su iniciativa.
El empresario precisó que transcurrido dos años de presentado el proyecto, deberán actualizar los costos que demandaría su ejecución como también el lugar específico donde se ubicaría.
"No sabemos si el espacio donde inicialmente se planificó está disponible", puntualizó. J