Aclaración de procedimientos
Junto con saludar cordialmente, deseo aclarar los procedimientos sobre Matrícula Provisoria para migrantes expuestos en la nota "Académica analiza la otra cara de los migrantes en Tarapacá" que se publicó el domingo 17 de enero.
El procedimiento para otorgar matrícula provisoria a estudiantes provenientes del extranjero inicia en la Secretaría Ministerial de Educación con una solicitud donde se consigan antecedentes relevantes del alumno y del apoderado o solicitante. El siguiente paso es la presentación, por parte del solicitante, de un certificado de disponibilidad de cupo para matrícula que otorga el establecimiento educacional, sea municipal o particular subvencionado, escogido por la familia migrante y donde no interviene la Secreduc, puesto que el Mineduc no administra escuelas ni liceos. Tras estos pasos, se otorga la debida autorización de matrícula provisoria.
Debo expresar que en este proceso se solicitan fotocopias simples de certificado de nacimiento y último curso aprobado del estudiante, es decir, no se exige documentación original ni fotocopia legalizada, comprendiendo la dificultad para su obtención.
Como Seremi de Educación desarrollamos procesos que facilitan y simplifican la obtención de matrícula provisoria, de hecho durante 2015 tramitamos 2.850 autorizaciones de este tipo y en lo que va corrido del 2016 ya otorgamos más de 680 autorizaciones a estudiantes migrantes.
Hacemos extensiva la invitación para que cualquier consulta o apreciación sobre este proceso sea aclarado en nuestras oficinas; con todo gusto despejaremos todas las dudas.
El Mineduc y sus funcionarios trabajan comprometidos con el derecho que le asiste a todo niño, niña y joven de recibir una educación de calidad como lo establece la Ley General de Educación y como se consagra en la Convención de los Derechos del Niño que nuestro país ratificó en 1990.
Francisco Prieto, seremi de Educación.