Ley incumplida
Tarapacá sufrió dos sismos, de gran intensidad, con características de terremotos los días 1 y 2 de abril de 2014, provocando muertes y derrumbes, entre otros hechos que constituyen una calamidad pública.
Para ello, el gobierno dispuso la Ley Nro. 20.759, de 13 de junio, de 2014, cuyo monto equivale a 400 millones de dólares, destinados financiar la reconstrucción.
No obstante que, el delegado presidencial de Tarapacá y el Gobierno que dispuso el texto legal han dado cumplimiento a la ley; ya que las autoridades de vivienda y urbanismo han recurrido a las normas legales que contempla el D.S. Nro. 255 de 2006, sobre Programa de Protección del Patrimonio Familiar. No obstante este programa sólo permite reparar o mejorar viviendas sociales o viviendas cuya tasación no supere las 650 UF. De hecho, el subsidio máximo que se puede obtener es de 50, 55, 60 o 65 UF, de acuerdo a la comuna en la que se ubique la vivienda. Sin perjuicio de que las viviendas dañadas que no pueden ser reparadas, serían cubiertas por el Fondo Solidario de Elección de Vivienda, reguladas por el D.S. Nro. 49, de 2011; cuyo subsidio sería de 850 UF. Inclusive, las viviendas consideradas patrimoniales recibirían un subsidio de 700 UF que permitiría reconstruir y respetar el arraigo cultural y familiar de las personas.
Al respecto, es evidente que dichos actos administrativos vulnerarían el Estado de Derecho; puesto que los decretos supremos ya citados no podrían estar sobre la ley.
Son cientos de familias que aún esperan el financiamiento para la reparación de sus viviendas.
Roberto Cisternas Contreras