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Consultado el Serviu, indicaron que efectivamente los comités se rigen por un estatuto que es acordado por todos los vecinos, sin embargo el comité debe informar estos casos que son analizados por la División Jurídica y en el caso de producirse un cupo se reemplaza con un grupo que el comité tiene en espera, todo esto supervisado por el Serviu. De todas formas, el vecino puede apelar a la decisión adoptada por el comité.