Corte rechaza un recurso para que voten 92 presos
La Corte de Apelaciones de Iquique rechazó el recurso de protección presentado por la abogada del Instituto Nacional de Derechos Humanos (Indh), Lorena de Ferrari Mir, en contra del Servicio Electoral y de Gendarmería por vulneración del derecho a sufragar en las próximas elecciones del 19 de noviembre de 92 internos del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Alto Hospicio.
En un fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada -integrada por los ministros Mónica Olivares Ojeda, Pedro Güiza Gutiérrez y Rafael Corvalán Pazols- rechazó la acción cautelar presentada, porque los jueces consideraron que las omisiones denunciadas necesitan necesariamente una reforma legal.
"En Derecho Público solo se puede hacer aquello que la ley permite. De este modo, resulta inconstitucional y legalmente imposible acceder a lo solicitado por el Instituto recurrente, pues podría incurrirse en una infracción al principio de legalidad, que obliga a todas las autoridades y entes públicos, conforme señala el artículo 6 de la Carta Fundamental, a someter su acción a la Constitución y a las normas dictadas conforme a ellas", establece el fallo.
La sentencia agrega que: "No se puede atribuir, como agrega su artículo 7, ninguna autoridad o derechos que los que expresamente se les hayan conferido en virtud de la Constitución o las leyes, es decir, que esta Corte de Apelaciones no puede, por la vía extraordinaria de un recurso de protección, contravenir normas de orden público".