Romel J. Puche
"Se apartaron de su deber funcionario como Carabineros, manifestando el dolo común de privarlo de su libertad ambulatoria, trasladándolo encerrado en el furgón policial hasta un lugar distinto de los referidos", dice textualmente uno de los párrafos del veredicto condenatorio contra Carlos Alberto Valencia Castro, Ángelo Antonio Muñoz Roque, Abraham Ruperto Caro Pérez y Manuel Jesús Carvajal Fabres, todos excarabineros condenados como autores del delito de secuestro de José Vergara Espinoza, ilícito perpetrado el 13 de septiembre de 2015 en la comuna de Alto Hospicio, fecha desde la cual se desconoce el paradero del joven hospiciano.
En el acta de deliberación, leída ayer por el presidente de sala del Tribunal Oral en Lo Penal de Iquique, Rodrigo Vega, se concluyó además que "se ha descartado el secuestro calificado, previsto en la disposición precitada; por cuanto el ofendido fue visto después en el sector de Huantajaya, sin perjuicio de otros avistamientos posteriores, que no fueron debidamente investigados, lo que impide su descarte, como se detallará en la sentencia".
La terna encabezada por Vega, en compañía de los magistrados Moisés Pino y Loreto Jara, desestimaron igualmente la desaparición forzada de José Vergara.
Asimismo respecto del delito de falsificación de instrumento público atribuido a los acusados, el tribunal estimó que no concurren los elementos que lo configuran.
Posterior a la condena de los exuniformados, la fiscal jefe de Alto Hospicio, Virginia Aravena, solicitó las penas efectivas de 5 años de presidio por la comisión del delito.
"Van a vivir siempre con la duda, con el dolor de no contar con él, de no saber qué le pasó y de no poder en definitiva descansar respecto de esta verdad", indicó Aravena refiriéndose a la familia del hospiciano.
"Nosotros como Fiscalía sostuvimos que estábamos frente a un delito gravísimo, que se trataba de un secuestro calificado, pero el tribunal ha entendido que estamos ante un secuestro simple porque habría mediado la liberación de José Vergara, y esto sobre la base del testimonio de una persona que dice haber visto a un sujeto de características similares a la víctima. Si bien esta calificación hace que la pena claramente baje, es un avance importante frente a la sentencia anterior", afirmó la fiscal jefe de Alto Hospicio.
El pasado mes de abril, el Tribunal, con la participación de otros jueces, resolvió condenar a los acusados por el delito de detención ilegal, sentencia que fue anulada por la Corte Suprema tras acoger recursos de nulidad interpuestos por la Fiscalía y querellantes.