Segundo Tribunal Ambiental admitió recursos por caso Humedal Lagunillas
Compañía minera BHP BIlliton indicó que ninguna de estas resoluciones ordena el cierre o paralización de su faena Cerro Colorado.
El pasado 11 de febrero, el Tribunal Ambiental de Santiago resolvió acoger la anulación parcial de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA), en contra del proyecto de continuidad operacional Cerro Colorado de la compañía minera BHP Billiton.
Lo anterior, luego que Luis Jara, representante de los propietarios de la Estancia de Cancosa, lugar donde actualmente opera Cerro Colorado, y la Asociación Indígena Agrícola San Isidro de Quipisca, presentaran un recurso de reclamación porque, según ellos, "el daño ambiental era evidente".
Esto significó que el Tribunal Ambiental ordenara a la autoridad ambiental y al titular hacerse cargo del impacto en la recuperación hídrica del humedal Pampa Lagunillas y el bofedal con el mismo nombre, incorporando escenarios de cambio climático.
Lo que siguió fue que el pasado 27 de febrero Cerro Colorado ingresó un recurso de casación ante la Corte Suprema.
El recurso de casación es un recurso extraordinario que tiene por objeto anular una sentencia judicial que contiene una incorrecta interpretación o aplicación de la Ley o que ha sido dictada en un procedimiento que no ha cumplido las solemnidades legales.
Del mismo modo, la Asociación Indígena Agrícola San Isidro de Quipisca ingresó un recurso de casación ante el Tribunal Ambiental.
Admisión
El pasado 6 de marzo, el Segundo Tribunal Ambiental admitió a trámite los recursos interpuestos por Cerro Colorado, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Asociación Indígena Agrícola San Isidro de Quipisca, para ser posteriormente enviados a la Corte Suprema para examinar su admisibilidad, análisis y fallo.
Reacciones
María José Reyes, secretaria de la Asociación Indígena Agrícola San Isidro de Quipisca, indicó que "se está haciendo justicia porque si bien no se consideró nuestro reclamo, sí se consideró el de Luis Jara de daño ambiental".
"Cerro Colorado quería seguir funcionando y ellos, con la sentencia de febrero, debían paralizar sus obras porque no tienen permiso ambiental para funcionar mientras duren los trámites. La minera tiene que parar sí o sí", argumentó.
Por su parte, Luis Jara, representante de la Estancia Cancosa, manifestó que "estamos conformes porque nuestra reclamación por la ilegalidad de esta resolución ambiental fue escuchada y ajustada a derecho. Lo que queremos es que se cumpla el marco normativo de las leyes ambientales y el respecto a la propiedad privada", dijo.
Bhp
Sobre estas declaraciones, la compañía minera precisó que "la resolución del Tribunal Ambiental del 6 de marzo de 2019 no ordenó la paralización de la extracción de aguas autorizada en la Resolución de Calificación Ambiental vigente".
Añadieron que "ninguna de estas resoluciones ordena el cierre o paralización de la faena Cerro Colorado".
¿qué se discute?
En 2015 Cerro Colorado obtiene autorización ambiental aprobada mediante Resolución de Calificación Ambiental RCA069. Esta RCA autoriza el proyecto de "Continuidad Operacional de Cerro Colorado" que permite la extracción de agua desde Lagunillas por un flujo de 135 l/s hasta diciembre 2023. Esta RCA mantiene su vigencia y la misma es objeto de reclamaciones desde el año 2015 por parte de la Asociación Indígena Agrícola San Isidro de Quipisca y Luis Jara, de la Estancia Cancosa, ante el Comité de Ministros, que las rechaza. Tanto la asociación como Luis Jara impugnan dicha decisión del Comité de Ministros ante el Tribunal Ambiental.
2015 se aprobó el proyecto de continuidad operacional de Cerro Colorado.
8 febrero de 2018 el Segundo Tribunal Ambiental ordenó revisar Resolución Ambiental.