Romel J. Puche
Un hombre identificado por las iniciales J.A.G.R., quien fue beneficiado el 11 de febrero de 2019 con un indulto por padecer una enfermedad grave, fue detenido por un hurto cometido en una tienda del Mall Zofri.
El hecho ocurrió durante la tarde del pasado martes, cuando el sindicado trató de sustraer una caja donde se mantenía la suma de $250 mil.
En audiencia de control de detención, la fiscal María Jorquera indicó que el ilícito se produjo alrededor de las 13:50 horas en un módulo del centro comercial.
"En el lugar aprovechando un descuido de la dependienta procedió a tomar la caja con la suma de dinero en efectivo y huyó del lugar para ser detenido en las inmediaciones por guardias de seguridad del mall", explicó la fiscal.
Tras ser abordado por Carabineros, el imputado se presentó con una identidad que no le corresponde, configurándose un segundo delito de usurpación de nombre.
En procedimiento simplificado el requerido aceptó los hechos, por lo que fue condenado a dos penas de 61 días por cada ilícito, además de una multa de 5 Unidades Tributarias (UTM).
En caso de no haber admitido el imputado arriesgaba dos penas de 200 días de presidio, más la multa y costas de la causa.
Tras pedido de la defensa, el tribunal otorgó el beneficio de prestación de servicio a la comunidad, otorgando además cuotas para el pago de la multa impuesta.
Al término de la audiencia, J.A.G.R. quedó en libertad pero deberá presentarse en el Centro de Reinserción Social de Iquique para cumplir la pena impuesta.
Gendarmería informó que el reo en el indulto recibió un beneficio en cuanto a la modalidad de reclusión, por lo que dicha pena que lo mantenía privado en la cárcel de Alto Hospicio estaba siendo cumplida en su domicilio, y dicha causa continúa vigente hasta diciembre del año 2020.
La Fiscalía indicó que J.A.G.R. registra en sus antecedentes penales múltiples condenas por delitos de robo, hurto, lesiones, receptación y amenazas, siendo condenado antes del indulto por tres ilícitos, dos hurtos y un robo por sorpresa.
Al término de la audiencia tanto el Ministerio Público como el abogado penal público que representó al requerido renunciaron a los plazos de investigación.