Rodolfo Capino Valencia
La Corte de Apelaciones de Iquique rechazó un recurso de amparo interpuesto por la representante del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) en Tarapacá en representación de 20 ciudadanos venezolanos que querían ingresar al país por el Complejo Fronterizo de Colchane.
De acuerdo al fallo, consignado por un reportaje de Bío Bío, el 21 de junio de este año el grupo de venezolanos intentó ingresar al país por el paso fronterizo de Colchane, siendo denegado por la Policía de Investigaciones por carecer de alguna de las visas consulares que el Gobierno de Chile ha disputado para personas de dicha nacionalidad, es más, el argumento de ellos no fue otro que su ingreso al territorio nacional era en calidad de turista.
El escrito también expone que, de acuerdo al recurso interpuesto por el INDH, el 27 de junio de este año enviaron a una delegación al poblado boliviano de Pisiga, localidad donde tomaron contacto con los amparados a quienes indicaron que podían pedir y solicitar la condición de refugiados ante el Departamento de Extranjería y Migración.
En esa misma fecha los ciudadanos extranjeros presentaron, en la misma avanzada fronteriza, solicitudes de refugio, con el objetivo de franquear su ingreso al territorio nacional, las cuales fueron rechazadas el mismo día por la autoridad policial, por no fundarse dichas peticiones en los presupuestos establecidos en la Ley 20.430 y su reglamento.
El fallo manifiesta que los ciudadanos revelaron su intención de ingresar en calidad de refugiados, cuestión que solo surge ante la negativa justificada de la institución policial y la actuación posterior del Instituto Nacional de Derechos Humanos , es decir, solo en ese momento surgió aquella posibilidad, lo que resta verosimilitud y credibilidad a la pretensión y al contenido de los formularios presentados, descartándose así la arbitrariedad o ilegalidad acusada.
La Estrella contactó a la jefa regional del Instituto Nacional de Derechos Humanos, Lorena de Ferrari, para conocer su reacción ante el rechazo de la Corte al recurso de amparo presentado por su institución, pero respondió que las declaraciones respecto a este caso se harían desde nivel central. Sin embargo, hasta el cierre de esta edición Comunicaciones del INDH no respondió al requerimiento.
VISTO CONSULAR PARA VENEZOLANOS
El fallo de la Corte de Apelaciones de Iquique hace referencia al decreto que establece como requisito para el ingreso al país con fines de recreo, deportivos, religiosos u otros similares, la obtención de Visto Consular de Turismo Simple con derecho de ingreso y permanencia en Chile en tal calidad, por un período de 90 días a todo venezolano que desee ingresar al país, sin propósito de inmigración, residencia, o desarrollo de actividades remuneradas.
20 ciudadanos venezolanos fueron representados por el INDH en el recurso de amparo.