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Ley Emilia

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El anuncio de que el Gobierno enviará al Congreso un nuevo proyecto de 'Ley Emilia' ha provocado diversas reacciones entre los especialistas, casi todas contrarias a la iniciativa. Según lo adelantado por la Presidenta, el delito de conducción en estado de ebriedad con resultado de muerte o lesiones gravísimas consideraría una forma simple y una agravada. La primera tendría una pena de 3 años y un día a 10 años de cárcel, mientras que la agravada -cuando el conductor es reincidente, huyó del lugar del accidente o conducía bajo el efecto de las drogas- implica una pena que iría de 5 años y un día a 10 años. La diferencia en el rango inferior de penalidad tiene como principal consecuencia que solo la presencia de circunstancias atenuantes permitiría al tribunal autorizar al condenado a cumplir la pena en libertad.

Las objeciones a esta iniciativa son fundamentalmente de dos clases. Por una parte, se critica que se legisle penalmente a propósito de casos puntuales. Esta legislación penal surgida a raíz de algún caso que provoca conmoción suele ser imperfecta, en especial porque incurre en el defecto de sobredimensionar ciertos elementos que también están presentes en otros casos, pero que no se advierten si no se realiza un estudio más global. Esta inadvertencia termina provocando contradicciones valorativas, es decir, que hechos similares reciban en la práctica castigos muy diferentes. Por esta razón, los expertos consultados insistieron en que la legislación penal en su conjunto requiere una actualización, y en el hecho de que tanto el Congreso como el Gobierno ya disponen de propuestas concretas y acabadas de revisión global de la legislación penal.

También se puede objetar que una iniciativa como la propuesta adolece de un déficit de proporcionalidad no solo relativo al resto de los delitos en general, sino también en relación con el homicidio intencional en general. Quien mata a otro intencionalmente debería recibir siempre una pena mayor que aquel que lo hace por accidente. Esta objeción coincide con las valoraciones contenidas en el Código Penal vigente y con las que están presentes en muchas otras legislaciones. Por lo tanto, es razonable pensar que una ruptura de esta proporcionalidad específica solo podría justificarse -si acaso- con la presencia de elementos objetivos y no meramente circunstanciales, es decir, en la medida en que la gran temeridad de la conducta peligrosa haga prácticamente imposible distinguirla de un homicidio intencional.

'La legislación

'Quien mata a otro

'Ganamos justicia más rápidamente si hacemos justicia a la parte contraria'.

Una robusta cuenta entregó la Presidenta Michelle Bachelet en su primer mensaje al país con ocasión del 21 de mayo. El discurso reafirmó los tres pilares de su programa de gobierno: Una Reforma al sistema educativo, financiada por su segundo gran eje: la Reforma Tributaria; y la redacción de una Nueva Constitución.