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Medicamentos y descuentos

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El Gobierno ha decidido incluir en el reglamento que regulará la Ley de Fármacos la prohibición de descuentos o prácticas similares que puedan fomentar la adquisición y el uso irracional de medicamentos en los establecimientos farmacéuticos. Las autoridades de salud han aclarado que los remedios adquiridos con receta y para enfermedades crónicas estarán excluidos de esta disposición, algo que no está claramente expresado en la norma presentada para consulta pública. Esto es un aspecto que, por sí solo, amerita una revisión del enunciado en la propuesta reglamentaria. En todo caso, se mantendría para medicamentos de venta directa, toda vez que ello, se argumenta, incentivaría su consumo indiscriminado. Este camino parece igualmente inconveniente.

Por cierto, es importante cautelar que las prácticas utilizadas no sean formas de restricción de la competencia, pero más allá de esta dimensión, estas regulaciones están socavando libertades económicas básicas. Los establecimientos farmacéuticos deberían tener el espacio, dentro del marco legal vigente, para definir sus políticas comerciales y la población tener la libertad para aprovecharlas en su totalidad. Además, después de la aclaración del subsecretario de Salud Pública, Jaime Burrows, de lo que se trata es de la prohibición de incentivos para medicamentos que ya se comercializan de modo directo. El argumento del daño que podrían producir es, por tanto, exagerado. Si hubiere razones justificadas de salud para restringir la venta de estos medicamentos, cabría esperar que ya existiese una ley que regulase su venta.

Sin perjuicio de que el proceso de consulta del reglamento esté aún abierto, parece importante que el Ministerio de Salud manifieste apertura a excluir esta disposición del mismo. Ella carece de sentido y, además, tiene visos de ilegalidad. ¿Cuál es el paradigma que lleva a pensar a las autoridades del Ministerio de Salud que pueden restringir una práctica económica lícita a través de la vía reglamentaria? No hay en la Ley de Fármacos enunciados que permitan concluir que se está pidiendo por vía reglamentaria regular tal cuestión. La ley, hay que recordarlo, establece restricciones para la promoción que realizan los laboratorios a los profesionales que expenden recetas, pero de ahí no puede desprenderse un condicionamiento para los remedios de venta directa. De hecho, en varios pasajes, la ley excluye expresamente los medicamentos de venta directa de las regulaciones acordadas en su articulado. Parece indispensable recuperar la perspectiva en esta dimensión. La Ley de Fármacos vivió un largo proceso de tramitación durante el cual estos descuentos no fueron objeto de atención o preocupación. Hay que privilegiar, por tanto, la libertad económica y de intercambio en esta dimensión

La ley excluye

Se trata es de la

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