Polémica por los bingos
Un dictamen de la Contraloría General de la República decretó que los municipios no se encuentran facultados para organizar o autorizar bingos, ni aunque estos tengan fines benéficos.
Esta resolución emitida el 22 de abril pasado fue dirigida a la Municipalidad de El Quisco, luego que esta solicitara un pronunciamiento.
El texto aclara que el Presidente de la República puede autorizar estos bingos cuyo objeto sea la educación, la caridad o la asistencia social, por lo que se puede pedir el permiso especial a la máxima autoridad del país y a las intendencias.
El hecho ha causado molestia en todo el país, en primer lugar para los alcaldes, quienes pierden un potencial electoral, al no tener influencia en estas autorizaciones, ni tampoco en la entrega de premios, para las organizaciones, en su mayoría por obras de carácter benéfico.
Por otro lado, también está la molestia de las organizaciones sociales, clubes deportivos, de adulto mayor, sociedades religiosas, entre otras que reúnen fondos a través de estas iniciativas.
Además los colegios también la utilizan para poder juntar los recursos para los viajes de cursos, a torneos deportivos y ayuda a necesitados, entre otros objetivos que están muy lejos de lucrar con la actividad o transformarlos en casinos paralelos a los que licita el Estado.
Si bien no se trata de una prohibición, sino más bien de un cambio de quienes están en la obligación de autorizarlos, no existe una plataforma adecuada para que las personas puedan realizar las solicitudes correspondientes. Los municipios ya tenían todo un proceso que por años se ejecuta de la misma forma y que permitía en cosa de semanas contar con las autorizaciones e incluso algunos premios.
Los plazos de las intendencias, debido a que operan en forma centralizada, no son los óptimos para tales fines.
Independiente de donde desemboque esta polémica que afecta a una de las actividades más populares del país, muchas personas están con la incertidumbre y han suspendido algunos bingos, hasta saber si no serán objeto de multas, pese a que más allá de la resolución, no existe un poder fiscalizador tan grande que permita cubrir el número de actividades que se realizan.