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Cuestionamientos a Ley de Pesca

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Se ha hecho común y repetitivo el cuestionamiento, incluso por parte de algunos parlamentarios, a la Ley de Pesca a través de frases como "construida en base al cohecho" o "ilegítima". Si esta normativa se aprobó con un 70% de los votos de diputados y senadores, no me queda más que pensar que todos ellos se concertaron para favorecer los intereses económicos de la industria pesquera. Entonces, la lógica indica que esos congresistas también deberían ser investigados y encarcelados por representar un peligro para la sociedad.

No son las leyes las que pierden legitimidad, sino los Poderes del Estado. Por lo tanto, con este tipo de declaraciones, diputados y senadores se auto-deslegitiman. Como en este caso, un 70% del Parlamento es cuestionado y carece de legitimad, el Congreso debe cambiarse y todos los cuerpos legales que fueron aprobados por estos diputados y senadores deber volver a discutirse.

Juan Carlos González V.

Presidente Sindicato Capitanes de Pesca.

Última voluntad

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En Chile han sido, son y serán muchos los albaceas o ejecutores testamentarios que no dieron, no han dado ni darán cumplimiento a lo ordenado en testamentos cerrados, por los fallecidos o causantes. Puesto que, el testamento o testimonio de la última voluntad, aún no tiene organismo fiscalizador alguno sobre el control del patrimonio y/o capital que han recibido, reciben y recibirán las corporaciones, fundaciones, entidades religiosas o eclesiásticas, encargadas de los destinos de las herencias otorgadas por testamentos cerrados.

Sin perjuicio de que los estatutos orgánicos de las personas jurídicas u organizaciones civiles, aún se rigen por las disposiciones del Título XXXIII del Libro Primero del Código Civil, del año 1855, vigente desde el siglo XIX.

Si bien es cierto que son miles los casos en que la voluntad testadora a favor de los pobres y/o carentes de recursos, jamás ha sido cumplida; también es cierto que, en la práctica la administración del patrimonio y/o capital dispuesto a favor del bien común sólo ha sido, es y será en beneficio de los intereses personales de quienes no han hecho cumplir lo que dice el testamento cerrado. Inclusive, tras la muerte del testador, el albacea o ejecutor testamentario no informa a los herederos que existe un testamento y que representa la última voluntad de la persona ni tampoco se preocupa de hacer las gestiones necesarias ante los tribunales de justicia; para que, lo que el testamento dice respecto a bienes muebles y/o inmuebles, sea incorporado a la posesión efectiva de la herencia testada.

En efecto, son miles las personas que hicieron donaciones de parte o el total de sus bienes en favor de los pobres; pero que, lamentablemente, jamás sabrán que su última voluntad no ha sido cumplida. Aunque usted no lo crea.

Roberto Cisternas Contreras

Procurador e Investigador de Bienes Raíces.