Dictamen obliga a usar bien la web en estas elecciones
Contraloría elaboró un texto para cuidar el buen manejo de las redes sociales institucionales.
Crónica - La Estrella de Iquique
Como todos los años electorales, los funcionarios públicos deben cumplir con las exigencias dispuestas por la Contraloría General de la República a través de las leyes que rigen las bases y estatutos administrativos de las municipalidades y el Estado central.
"El funcionario público, en el desempeño de su cargo, no puede realizar actividades ajenas al mismo, como son las de carácter político contingente, ni tampoco valerse de ese empleo para favorecer o perjudicar a determinada candidatura, tendencia o partido político", dice el dictamen 8.600 del órgano contralor, prohibiendo que se utilicen con ese objetivo vehículos fiscales, horario laboral, recursos financieros y bienes muebles e inmuebles.
Junto a esto, las restricciones se extienden a internet, ya que la expresión acerca de un candidato a través de una web institucional "no procede".
Municipios
"Tratándose de las municipalidades, el alcalde y los concejales también deben, en el desempeño de sus cargos, abstenerse de realizar actividades políticas en cumplimiento de las normas sobre probidad administrativa", consigna el documento.
Incluso, prosigue el texto, la regulación llega a las redes sociales, pues "no se ajusta a derecho que personal edilicio utilice un bien municipal -como la cuenta del órgano comunal, en la red social Twitter-, para emitir expresiones que no digan relación con el funcionamiento institucional".
CANDIDATOS
El dictamen 8.600 dedica algunos párrafos a los funcionarios públicos que son candidatos. "La prohibición de realizar actividades de carácter político en el desempeño del cargo, rige también para aquellos funcionarios que hayan inscrito sus candidaturas a concejal o alcalde, quienes, si bien pueden, en general, continuar ejerciendo sus cargos, no deben emplearlos en beneficio de esa candidatura", explicita.
23 de octubre se realizarán las elecciones municipales de alcaldes y concejales.