Leonardo Naveas Nuñez
A la pena de 10 años de prisión, fue condenado Raúl Fernando Videla Jara de 41 años, por el delito de violación reiterada en contra de un menor de seis años.
De acuerdo a lo que se probó en el juicio oral, los hechos ocurrieron en dos domicilios del sector oriente de la ciudad, entre noviembre del año 2013 y el 23 de abril del 2014, tiempo en el que menor vivía junto a su madre y el condenado, aunque no se pudo determinar los días específicos en los que comentió el delito.
En un primer momento y aprovechando la circunstancia de quedarse al cuidado del hijo de su conviviente, el sentenciado en reiteradas ocasiones procedió a tocar las partes intimas del menor e incluso aprovechando la confianza se bañaba con él.
En oportunidades aprovechando las mismas circunstancias al interior del domicilio y en el baño, también procedió a realizar tocaciones de índole sexual al niño y a violarlo en forma reiterada, donde incluso le habría provocado lesiones.
Posteriormente el menor le habría contado los detalles de lo sucedido a una prima, quien le explicó la situación a otro familiar.
Por lo anterior se realizó una reunión familiar para dar a conocer estos hechos a la madre, quien tras conocer los hechos denunció al ahora condenado a la policía.
En el juicio oral, la fiscal Priscilla Silva presentó los testimonios de la víctima y de su madre, donde el menor que actualmente tiene nueve años explicó los hechos, manifestando como se gestaron los eventos.
El acusado en su testimonio, manifestó nunca haber tocado al niño y que a pesar de la acusación el mantuvo una relación con la madre del menor después de la denuncia.
Terminado el juicio, el Tribunal Oral en lo Penal de Iquique resolvió condenar a Raúl Videla a la pena de 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio y a las accesorias de inhabilitación absoluta y perpetua a ejercer cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena como autor de los delitos de violación reiterada en perjuicio del menor.
Además, no se le concederá penas sustitutivas por lo que deberá cumplir de manera efectiva, contada desde 14 de julio del año 2015, fecha en que fue puesto e prisión preventiva.
6 meses, vivió en el mismo domicilio la víctima con la pareja de su madre.
41 años, tiene el sentenciado quien deberá cumplir la pena de manera efectiva.