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No podrán cortar la luz a hogares con pacientes electrodependientes

Servicio de Salud de Iquique, Eliqsa y SEC Tarapacá mantienen coordinación para implementar la instrucción.
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Mauricio Torres Paredes

La Superintendencia de Electricidad y Combustibles, SEC, ofició a las empresas eléctricas de distribución de todo el país, para que se abstengan de cortar el suministro eléctrico, en caso de no pago del consumo mensual, en aquellos hogares que cuenten con pacientes electrodependientes, es decir, que requieran estar conectados permanentemente a la red eléctrica para continuar viviendo, lo que conlleva enfermedades que además son muy costosas.

Interpretación

El oficio se apoya en una nueva interpretación de la Ley General de Servicios Eléctricos, normativa que impide el corte de suministro en cárceles y también hospitales, entendiendo que en los centros de salud permanecen pacientes que requieren de un suministro eléctrico continuo, lo que además se ha extendido por el Poder Judicial a los consultorios comunales.

La instrucción de la SEC toma una percepción mucho más amplia y extiende incluso la prohibición de cortar el suministro de energía eléctrica también a los hogares bajo el concepto de "hospitalización domiciliaria", considerando aquellos en los que pueden vivir pacientes con dependencia de artefactos eléctricos.

La normativa eléctrica impide que se interrumpa el suministro en hospitales como apremio, pero "en opinión de esta Superintendencia, en estricto rigor no es al hospital al que protege esta norma, sino más bien a las personas que directamente pueden verse afectadas en su integridad física y psíquica con una medida de esa naturaleza", indica el oficio emitido por la SEC.

A través de una declaración pública, la directora de SEC Tarapacá, Ana Lara, sostuvo que "buscamos resguardar la salud de las personas que requieren estar permanentemente conectadas a la red eléctrica, quienes ahora pasan a ser clientes prioritarios para las empresas".

Por lo mismo, "tratándose de usuarios que, en el marco de su hospitalización domiciliaria, requieran de un suministro eléctrico continuo y de calidad, no pueden verse expuestos a los apremios provenientes de interrupciones de servicio", la entidad reguladora de las empresas eléctricas instruyó a las compañías del rubro a abstenerse de ejecutar ese "apremio".

Distribuidora

La Superintendencia de Electricidad y Combustibles informó que se solicitó a las empresas un registro, el que debe ser actualizado semestralmente, de todos los clientes electrodependientes, con el objetivo de así identificar los hogares de los pacientes y verificar que las distribuidoras están respetando la instrucción dada.

No obstante, desde la empresa de distribución eléctrica local Eliqsa, con cobertura regional, comunicaron que la compañía "voluntariamente tiene un tratamiento diferenciado para aquellos clientes que nos han acreditado una condición de electrodependencia. Este tratamiento contempla el bloqueo de corte por deuda, es decir, no son sujetos de suspensión de suministro por no pago de la boleta".

Desde Eliqsa explicaron que para conocer la situación de dependencia eléctrica, es necesario que sea notificada a la empresa por cualquier habitante del domicilio, proveyendo un documento que acredite la condición.

Servicio de salud

Para los efectos de verse beneficiado en la necesidad de velar por la continuidad de los servicios eléctricos para pacientes electrodependientes, el Servicio de Salud de Iquique informó que se deberá emitir un certificado por parte del médico tratante de la patología de base del usuario, o en su defecto por el director del establecimiento de salud, para ser presentando en la empresa eléctrica y de esa forma asegurar el suministro continuo o preferencial. Por lo mismo, el servicio dijo mantener un trabajo informativo con el hospital Ernesto Torres Galdames para registrar de forma inmediata a los pacientes electrodependientes que ingresen a ese centro de salud.