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Cores reciben remuneración y viáticos

Normativa define que el pago debe realizarse por el número de sesiones a las que asistió durante el mes.
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Mauricio Torres Paredes

La legislación establece cómo funcionará el Core. Según la ley que regula los gobiernos regionales, el consejo tendrá sesiones ordinarias y extraordinarias. En las primeras pueden discutirse incidentes y en las segundas solo la convocatoria. Las sesiones son públicas, pero también es posible solicitar su carácter reservado.

El consejo regional también contará con un reglamento interno, constatando las comisiones de trabajo presididas por un consejero regional.

Los acuerdos del consejo se adoptarán por la mayoría absoluta de los consejeros asistentes, aunque la validez de una sesión dependerá del quórum.

Remuneraciones

Los cores tendrán derecho a una dieta mensual de 20 unidades tributarias mensuales(940 mil pesos aproximadamente), la que se pagará por la asistencia a la totalidad de las sesiones del consejo celebradas en el mes, dos ordinarias como mínimo legal. La dieta disminuye proporcionalmente según el número de inasistencias del consejero.

Según la ley "el presidente del consejo regional, (el que es electo por votación mayoritaria de sus propios pares), tendrá derecho a la misma dieta que perciben los consejeros regionales, incrementada en el 20%".

No serán consideradas como inasistencias aquellas que obedezcan a razones médicas debidamente acreditadas y se podrá eximir a un consejero ante el fallecimiento de algún familiar. Tampoco se considerarán como inasistencias si el core está cumpliendo cometidos autorizados por el mismo consejo.

Cuando un core esté en el desempeño de cometidos (viajes) en representación del gobierno regional, podrá percibir fondos para cubrir alimentación y alojamiento. Lo mismo para asistir a sesiones y comisiones de trabajo fuera de la capital regional.