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Corte multa a local por vender dulces con imagen del pascuero

Una confitería de Iquique fue sancionada por ofrecer productos con publicidad prohibida.
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Karina Sánchez

Una confitería de Iquique deberá pagar una multa por infracción a la Ley de Etiquetado, pues la Corte Suprema rechazó el recurso interpuesto y falló a favor de la Seremi de Salud de Tarapacá, quien fiscalizó el local comercial el 5 de diciembre de 2016 y levantó un sumario sanitario.

Sin embargo, el tribunal bajó la multa aplicada de 5 UTM a 1 Unidad Tributaria Mensual.

La resolución establece que "resulta evidente que la venta de golosinas como las halladas a la actora, entre las que se cuentan caramelos y chocolates, revestidos con publicidad que emplea figuras navideñas, en particular la del llamado 'viejo pascuero', constituye por sí misma un 'gancho comercial no relacionado con la promoción propia del producto', pues emplea como reclamo publicitario un elemento de atracción infantil como es el referido".

Visto bueno

El seremi de salud de Tarapacá, Manuel Fernández, dijo estar complacido por la decisión de la Corte Suprema, porque sienta un precedente en la región.

Agrega Fernández que "en la práctica la empresa cuestiona y hace una interpretación que no corresponde, porque la comercialización de un chocolate con la figura de un 'viejito pascuero' incentiva y motiva a niños menores de 14 años a consumir un producto que claramente es 'alto en'...".

El seremi recordó que la Ley de Etiquetado establece que no se puede hacer publicidad dirigida a menores de 14 años en alimentos que son altos en azúcares, calorías, sodio y grasas saturadas, es decir, los que tengan sellos negros.

"En ese contexto, cuando hacemos las fiscalizaciones aplicamos esta normativa y, en este caso, se descubrió la comercialización de estos productos y lo que correspondía era levantar un acta, iniciar un sumario y sancionar", explicó Fernández.

La empresa no estuvo de acuerdo con la sanción y por eso recurrió a los tribunales para apelar, pero lo único que logró fue la rebaja de la multa.

Envoltorio

Desde la Seremi de Salud recordaron que la forma del producto no constituye publicidad, pero sí su envoltorio.

Por ejemplo, no es sancionable la galleta de navidad con forma de viejo pascuero y su envoltorio es un plástico transparente, pero sí constituye una infracción aquella que presenta un envase con el mismo personaje u otro elemento que resulte atractivo para menores de 14 años.

Fiscalización

La ley 20.606 prohíbe la publicidad dirigida a menores de 14 años de aquellos alimentos que superan los límites de azúcar, grasas saturadas, sodio y calorías establecidos por el Ministerio de Salud, en el Decreto Supremo 13 de 2015. l La fiscalización se enfoca en detectar publicidad en envoltorios de alimentos con sellos, dirigidos a menores de 14 años, que tengan personajes y figuras infantiles, o que estén asociados a concursos, juguetes, adhesivos, incentivos, entrega gratuita, entre otros.

Declaran admisible un recurso en Caso Vergara

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La Corte de Apelaciones de Iquique declaró admisible el recurso de queja presentado por la familia del joven desaparecido en Alto Hospicio, José Vergara, con el apoyo del diputado Hugo Gutiérrez.

El documento busca invalidar la sentencia que condenó a los cuatro ex carabineros por el delito de secuestro simple, ocurrido en el 2015.

Según oficio N° 305-2018, de fecha 16 de octubre, se da "por interpuesto el recurso de queja" y se solicita a "los señores jueces recurridos", un informe dentro del plazo de ocho días hábiles.

El abogado Enzo Morales, de la Oficina del diputado Hugo Gutiérrez, introdujo el pasado 5 de octubre un recurso que busca en primer lugar que se invalide la sentencia por secuestro simple, que se investigue la responsabilidad de los jueces y se les sancione por falta y abuso grave en el cumplimiento de sus funciones.

También se pretende lograr la realización de un nuevo juicio oral, donde los cuatro ex carabineros sean sentenciados por el delito de secuestro calificado.

Imputado por robo en la vía pública quedó libre

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Ayer pasó a control de detención un hombre identificado con las iniciales O.L.U.G., de 20 años de edad, imputado por el delito de robo por sorpresa.

El hecho ocurrió el pasado jueves, a las 11:40 horas, en la calle Playa El Saladero, cuando la víctima se llegó en su auto a realizar compras en un local comercial y de regreso, mientras abordaba el vehículo para retirarse, un hombre le arrebató la cartera y huyó.

Pero fue grabado por las cámaras de seguridad del local y se solicitó al juez de turno que emitiera una orden de detención verbal por 48 horas, a fin de dar tiempo a Carabineros para capturarlo.

Tras indagaciones se logró detener al imputado a las 22:40 horas del día del robo, en la vía pública, recuperando las especies que fueron sustraídas y avaluadas en 100 mil pesos.

El magistrado Leonardo Valdivieso decretó como medidas cautelares el arraigo nacional y la orden de alejamiento de la víctima. El imputado quedó en libertad, mientras transcurren los 100 días de la investigación.