Absuelven a acusado de cuasidelito de homicidio de motorista
El conductor solo fue condenado por los jueces por no informar el accidente a tiempo.
"Antes que todo, les quiero pedir disculpas públicas, porque esto no ha sido fácil para ustedes y tampoco para mi familia", estas fueron las palabras emitidas tras autorización del tribunal por E.S.V.A., acusado por el Ministerio Público de dar muerte en accidente de tránsito al motorista, Jonathan Sánchez Barahona, en hecho ocurrido en el kilómetro 401 de la ruta 1 durante la madrugada del 28 de abril de 2017.
Pese a la presentación de 11 testigos testimoniales, más 4 peritajes de caso por parte de la Fiscalía y querellantes, los jueces resolvieron por unanimidad absolver al sindicado de ser al autor de cuasidelito de homicidio, condonarlo igualmente por el delito de obstrucción a la investigación y condenarlo por no dar cuenta de accidente en que se hubiere provocado la muerte.
Bajo los mismos términos fue exculpado el excarabinero, C.Z.J., asociado por el Ministerio Público como encubridor del quebrantamiento antes singularizado.
"La valoración de la evidencia incorporada no permitió el convencimiento del tribunal, más allá de toda duda razonable, de que el acusado hubiere efectuado alguna conducta que indudablemente generó un riesgo en exceso del jurídicamente permitido, que comprenda el resultado de muerte de la víctima", apuntó el documento del veredicto leído en audiencia por el juez, Francisco Berrios Veloso.
Asimismo, el tribunal estimó que la prueba exhibida no fue exacta para demostrar que la velocidad que el conductor mantenía en el vehículo marca Honda, fue la causa única del deceso del motorista.
El fallo detalló que "la evidencia generada, demostró que el acusado V.A incumplió la obligación de detener la marcha, prestar la ayuda posible y dar cuenta a la autoridad del accidente, que en este caso produjo la muerte de una persona".
"Finalmente, procede absolver al acusado C.Z.J., por cuanto se le imputó una forma de participación en un delito culposo que no fue demostrado. Como consecuencia de la sentencia absolutoria se dejan sin efecto las medidas cautelares que se decretaron en su contra, debiendo tomarse nota de este alzamiento en todo índice o registro público y policial en el que figuraren", concluyó el tribunal sobre el excarabinero.
Al término de la lectura, el fiscal Juan Valdés solicitó junto al abogado querellante, Matías Ramírez, la pena de presidio menor en su grado máximo de 3 años y 1 día. También se añadió la pena de inhabilidad perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica.
Por su parte el abogado defensor del acusado, Andrés Hidalgo Manríquez, pidió que la pena de su representado sea cumplida bajo la modalidad de libertad vigilada intensiva, para acreditar dicha solicitud el jurista hizo lectura de un informe médico-psicológico, donde se reseñó la salud mental del imputado.
La sentencia que será redactada por el juez, Juan Ibacache Cifuentes, se comunicará en audiencia del próximo viernes 16 de noviembre a las 12:50 horas.
3 años y 1 día de presidio es lo solicitado por la Fiscalía por el delito de no informar el suceso.