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Concejal se encuentra con diagnóstico reservado

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Con diagnóstico reservado se encuentra el concejal Arsenio Lozano, en el Hospital de Iquique, tras sufrir el domingo pasado, un cuadro de deshidratación, lo que lo ha mantenido en ese recinto asistencial desde ese día.

Según familiares, se están realizando los trámites necesarios para trasladar al edil hasta Santiago, hecho que se concretaría dependiendo del permiso que otorguen los médicos tratantes. Así lo confirmó el concejal Guillermo Cejas, quien indicó que el lunes por la noche, Lozano había presentado una mejoría, pero hasta ayer esa situación había cambiado.

El alcalde de Iquique, Mauricio Soria, indicó que durante todo el día de ayer se mantuvo en contacto con la familia, "para así apoyarlo en su delicado estado de salud".

Coordinan apertura de segundo acceso

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Los servicios públicos y de organizaciones de protección civil coordinaron acciones ante la próxima habilitación a tránsito de vehículos livianos del Segundo Acceso entre Iquique y Alto Hospicio, programada para las 8 horas del jueves 31 de enero.

En la reunión, el intendente Miguel Ángel Quezada explicó que esta es la obra urbana más grande que desarrolla el MOP en Chile, con una inversión que supera los 66 mil millones de pesos.

El seremi de Obras Públicas, Patricio Altermatt, explicó que la apertura para tránsito de vehículos livianos será de bajada desde las 8 y hasta las 10 horas. Por la tarde, está programado desde las 18 y hasta las 20 horas solo de subida.

SEA acoge procedimiento de invalidación de QB2

Empresa tiene 10 días hábiles para pronunciarse.
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El Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) resolvió iniciar el proceso de invalidación administrativa de Resolución de calificación ambiental (RCA) del proyecto minero Quebrada Blanca 2, ante el requerimiento del Área de Desarrollo Indígena (ADI) Jiwasa Oraje, ecozona Matilla, que reclama que el proyecto no consideró una consulta indígena.

Asimismo solicita que en un plazo de 10 días hábiles la empresa se pronuncie respecto de la solicitud de invalidación, alegando lo que consideran procedente en defensa de sus intereses.

La resolución del SEA responde a un requerimiento hecho por la organización de Matilla el pasado 27 de noviembre en contra de la determinación del organismo ambiental de calificar favorablemente el estudio de impacto ambiental de "Proyecto Minero Quebrada Blanca Fase 2".

Los comuneros señalaron en la oportunidad que el acto adolecía de ilegalidad al no cumplir la norma legal vigente de respetar el Convenio 169 de la OIT por no considerarlos en el proceso de consulta previa indígena, dentro del proceso de evaluación de impacto ambiental.

La empresa minera, a través de Teck Resources Chile, señaló que la resolución fue notificada por carta certificada a Teck para que, "dentro del plazo de diez (10) días hábiles se pronuncie respecto del recurso. Dicho plazo se encuentra en curso".

Asimismo informó que Teck ha emprendido un sólido proceso de participación con las comunidades y agrupaciones indígenas dentro del área más amplia del proyecto.

La compañía cuprífera planteó que quienes han presentado el requerimiento no están en el área de desarrollo del proyecto: "Hemos llegado a acuerdos con las ocho comunidades en el área del proyecto y estamos comprometidos a mantener relaciones sólidas y de beneficio mutuo. Es importante tener en cuenta que los grupos que han presentado estos reclamos no están dentro del área del proyecto".

También solicitó consultar al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) "para que explique el proceso y clarifique la información que han recibido".

El proyecto Quebrada Blanca 2 tiene por objetivo aumentar la producción de cobre de Quebrada Blanca y extender su vida productiva en más de 30 años. El proyecto considera una producción de 240.000 toneladas de cobre en concentrado y 6.000 toneladas de molibdeno en concentrado.

Desde la Seremi de Medio Ambiente señalaron que la resolución del secretario (s) de la comisión de evaluación de Tarapacá sólo dice relación a que la solicitud presentada por las agrupaciones indígenas se interpuso dentro del plazo que establece la ley y ante el órgano competente. Sobre el fondo de la solicitud, esta debe ser analizada en el procedimiento establecido en la Ley 19.880. Dicha solicitud se enmarca en la facultad que el ordenamiento jurídico contempla en su legislación administrativa.

Subsanar errores

La consejera ADI Catalina Cortés dijo que no se oponen al progreso, pero la empresa debe respetar a las organizaciones indígenas. Asimismo precisó que hay un procedimiento administrativo que deberá la minera cumplir y en el marco de las resoluciones no descartan recurrir al tribunal ambiental. Cortés enfatizó que no se oponen al progreso, pero "se requiere una consulta indígena y aprobar el proyecto sin ésta es un error. Confiamos se puedan subsanar estos errores".