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Sepa cómo comenzar trámites para cobrar seguro por daños

La Comisión de Mercado Financiero informa que el afectado primero debe denunciar el siniestro en la compañía de seguros. Familias sufrieron daños por las precipitaciones.
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Marcela Mondaca Vera

Tras el terremoto del año 2014, la iquiqueña Mabel Orellana decidió, junto a su marido, asegurar su casa contra todo tipo de siniestros, como una manera de tener la tranquilidad ante cualquier eventualidad y "pensando que si uno paga mensualmente, es menos complicado económicamente y se evita mucho problema posterior". Es así que el lunes 11 de febrero decidió denunciar la caída del techo de uno de sus dormitorios, tras la lluvia del día sábado 9 en la zona y a la fecha la aseguradora aún no la visita para comenzar el proceso de liquidación.

Según explicó la directora regional (s) del Sernac, María Pizarro, los consumidores deben revisar las pólizas en los créditos hipotecarios, ver las condiciones y plazos para ejercer los seguros y recalcó que esto es "lo mismo para consumidores que contratan en forma personal estas pólizas, quienes deben revisar las condiciones y plazos para ejercerlos".

La directora explicó que en caso de tener cualquier inconveniente con la aseguradora, o en el evento que no cumpla con las condiciones estipuladas, los consumidores pueden presentar su reclamo, en cualquiera de las direcciones regionales, plataformas municipales, página web, o bien llamando al 800 700 100 de este servicio.

"Una vez recepcionado el reclamo y dependiendo de la respuesta del proveedor, el reclamo lo podemos derivar a la Comisión de Mercado Financiero (ex SVS)", indicó.

Pasos a seguir

Tras ser consultada esta Comisión de Mercado Financiero en Santiago, ya que no existe filial en Iquique, hay varios pasos que se deben seguir para hacer valer el cobro de un seguro. El primero es denunciar el siniestro a la compañía de seguros con la que se contrató la póliza para que comience el proceso de liquidación, eso sí se debe tener en cuenta que para algunos tipos de seguros se requiere la constancia inmediata en Carabineros.

Asimismo, si la póliza ha sido intermediada por un corredor de seguros, se le debe contactar, pues "está obligado a asistir en el proceso de liquidación".

Esta liquidación la puede realizar directamente la compañía de seguros, o bien, un liquidador externo independiente.

Esta decisión debe comunicarse al asegurado en un plazo de tres días hábiles contados desde la fecha de la denuncia del siniestro y asimismo el asegurado puede oponerse a que la liquidación sea realizada directamente por la compañía.

En ese caso el asegurado puede solicitar, dentro del plazo de cinco días hábiles, contados desde la recepción de la comunicación de la aseguradora, que se designe un liquidador de seguros.

De esta manera, la compañía tendrá un plazo de dos días hábiles para designar al Liquidador, explica la plataforma de la Comisión.

experto

Para el experto en seguros Yerko Livacic, cada compañía aseguradora puede tener sus procedimientos respectivos y tras el trámite solicitado para acreditar el siniestro se procede al cobro si corresponde. "Todo depende del tipo de seguros que se hayan contratado, por ejemplo, hay seguros solamente por incendios, por terremotos, depende mucho de las características del seguro. Hoy en día se han diversificado mucho. Lo importante es tener claras la coberturas y los alcances", explicó y recalcó que es importante saber por qué se contrató el seguro, estar informado sobre el mismo.

3 días hábiles posee la persona para comunicar a la aseguradora si dese a un liquidador independiente.

2 días hábiles, en tanto, posee la aseguradora para designar a un liquidador externo en el caso.