Condenado a año y medio de presidio por fracturar a locatario
El penado fracturó la mano derecha de la víctima tras atacarlo con un palo durante un conflicto.
Ala pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, fue condenado Pedro Enrique Veliz Alvarado, acusado por la Fiscalía Local de Iquique como autor de un delito de lesiones graves.
El Ministerio Público representado por el fiscal Sebastián Álvarez, señaló a Veliz Alvarado como autor del referido delito, fundado en los hechos acontecidos el día 27 de agosto de 2018 aproximadamente a las 11:00 horas, cuando el acusado concurrió a calle Las Tuninas del sector Los Verdes de Iquique, y con un palo golpeó a la víctima C.V.M., en su mano y brazo derecho.
Tras el ataque el perjudicado resultó con una contusión mano derecha y fractura del segundo, tercer y cuarto metacarpiano derecho, lesiones de carácter graves según lo estimado en el registro de atención de urgencias, con un tiempo de curación e incapacidad funcional de entre 30 a 60 días.
La defensa del acusado en su alegato de apertura señaló que no discute la existencia de las lesiones ni que éstas fueron provocadas por su cliente, pero excusó a su defendido con el argumento de la legítima defensa, manifestando que todo aconteció por conflictos previos entre su familia y la de la víctima, quienes poseen puestos comerciales en la caleta Los Verdes.
En el juicio la Fiscalía presentó la declaración de la víctima, del padre del afectado, de un testigo, del funcionario de Carabineros que detuvo al atacante y la médico legista que finalmente confirmó las graves lesiones.
Por su parte la defensa también presentó la versión de un testigo, quien manifestó la existencia del conflicto pero señalando que a raíz del mismo, el negocio del acusado sufrió daños la noche anterior al ataque, siendo sospechoso del mismo la víctima de las lesiones.
Finalmente el tribunal dictó la condena, sin embargo la misma no será cumplida de forma efectiva sino bajo la modalidad de reclusión parcial nocturna domiciliaria.
Dicho cumplimiento de la pena consiste en el encierro del condenado en su domicilio entre las 22:00 horas y 6:00 horas de cada día, por un lapso de 56 horas semanales, computándose un día por cada ocho horas de privación de libertad.
En el evento de dejarse sin efecto la pena sustitutiva concedida por quebrantamiento o incumplimiento de ella, el tribunal no considerará abonos en la condena de Veliz Alvarado.
56 horas de reclusión parcial nocturna deberán ser cumplidas semanalmente por el condenado por lesiones graves.