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Detienen a banda que intentó robar dos vehículos en solo una tarde

Cuatro personas con amplio prontuario fueron formalizadas por robo con intimidación en el Juzgado de Alto Hospicio.
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Crónica

Carabineros de la Tercera Comisaría de Alto Hospicio detuvieron a cuatro personas que la tarde del domingo intentaron robar dos automóviles en distintos sectores de la comuna.

En primera instancia, la banda, que circulaba a bordo de un automóvil color rojo marca Suzuki, intentó robar, a las 19 horas aproximadamente, un auto que estaba estacionado en la feria Lo Valledor. Sin embargo, los cuatro individuos fueron sorprendidos por los guardias del establecimiento por lo que no pudieron concretar el ilícito y huyeron del lugar.

Posteriormente, llegaron hasta la Tercera Comisaría otras personas, quienes advirtieron que mientras estaban estacionados en calle Las Parcelas fueron interceptados por los pasajeros de un vehículo con las mismas características de la denuncia anterior, quienes los intimidaron con armas blancas, pero las víctimas lograron frustrar el robo huyendo del lugar.

Detención

Con esta información, personal policial inició la búsqueda del vehículo, divisándolo e iniciándose un seguimiento. A raíz de ello, los individuos abandonaron el móvil y corrieron en distintas direcciones. No obstante, fueron detenidos por funcionarios de los cuadrantes, bicicletas y motorizados.

Los detenidos, identificados como J.A.V.C. (32), M.I.S.T. (17), S.L.C.H. (34) y T.M.P.L. (21), cuentan con diversos antecedentes penales y policiales por diversos delitos.

Por instrucción del fiscal de turno, los imputados pasaron a control de detención en el Juzgado de Alto Hospicio y ayer fueron formalizados por robo con intimidación.

Los tres adultos -entre ellos dos mujeres- quedaron en prisión preventiva, mientras que el menor en internación provisoria.

El plazo determinado de investigación es de 60 días.

17 años de edad tiene el integrante menor de la banda, quien quedó en internación provisoria.

Ratifican condena de 10 años para autor de homicidio tras recurso de nulidad

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La Corte de Apelaciones de Iquique confirmó la sentencia que condenó a Sergio Canales Vergara a la pena de 10 años y un día de presidio como autor del delito de homicidio simple, ilícito perpetrado en octubre de 2015, en la comuna de Alto Hospicio.

El condenado, de acuerdo al fallo, es autor del delito de homicidio simple de Wilson Briceño Álvarez, cometido el 15 de octubre de 2015, en las inmediaciones de calle las Magnolias con Parque Oriente de la comuna de Alto Hospicio

En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada -integrada por los ministros Mónica Olivares, Pedro Güiza y Rafael Corvalán- descartó infracción de ley en la sentencia recurrida, dictada el 15 de febrero pasado por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique.

"Que, de manera independiente a lo sostenido por la defensa en su recurso, si bien hubo imprecisiones en los relatos de los testigos, ellas fueron salvadas y explicadas correctamente por los sentenciadores y por cierto con el testimonio dado por el acusado, tal como lo señalan en el fallo en su considerando decimotercero (…)", sostiene el fallo.

La resolución agrega "que la supuesta infracción a que alude la defensa, en tanto, al no haberse calificado la circunstancia atenuante en comento, no puede ser considerada como una falta de fundamentación o que esta haya sido contraria a las máximas de la experiencia, a los conocimientos científicamente afianzados o a las reglas de la lógica, sino que se trata de una decisión soberana del tribunal, que por lo demás fue suficientemente analizada y ponderada, tanto así que en la convicción de los jueces no alcanzó la significación o relevancia para producir la disminución de la cuantía de la pena como lo pretendía la defensa, decisión que por lo demás no está al alcance del motivo de nulidad impetrado".

De este modo, la Corte rechazó el recurso de nulidad interpuesto por el abogado defensor penal privado, Claudio Roe, en contra de la sentencia del 15 de febrero de 2019, resolución que al igual que el juicio oral que lo antecede, no son nulos.