Secciones

Condenan a padre que abusó de su hija adolescente

El condenado, quien no residía permanentemente con la víctima, aprovechó sus visitas a la menor.
E-mail Compartir

Romel J. Puche

Ala pena de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio fue condenado un hombre identificado por las iniciales H.O.R.T., quien resultó acusado por el Ministerio Público por la comisión de un delito de violación reiterada en contra de su propia hija de 15 años.

La comunicación de sentencia tuvo lugar ayer en el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique (TOP), instancia en la cual se expuso que los hechos materia de la condena se remontan al año 2013, fecha en la que comenzaron los abusos del padre a la menor.

"Se pudo asentar que la víctima, de 15 años a la fecha de los hechos entre octubre de 2013 y abril de 2014, fue violada en tres ocasiones por su padre, aprovechando que pese a que sus progenitores no convivían, esporádicamente, se le permitía a su padre dormir en el domicilio. Situación que este aprovechó para violarla en tres ocasiones, mediante el uso de la fuerza para vencer su resistencia", asentó el fallo.

"Respecto a la agravante del artículo 13 del Código Penal, que establece el parentesco como circunstancia agravante o atenuante, según la naturaleza o accidentes del delito, no fue controvertido que el acusado es el padre de la víctima, lo que se corroboró con el certificado de nacimiento, donde se confirma que aquel es su padre, por lo que se verifica que el desvalor o reprochabilidad de la conducta es mayor aún, pues la víctima fue atacada por quien tiene el deber moral y legal de protegerla", añadió el documento del veredicto.

El tribunal estimó igualmente para el condenado las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos, y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el tiempo de la condena.

H.O.R.T., terminada la condena que deberá satisfacer privado de libertad sin beneficio a penas sustitutivas, deberá someterse a la vigilancia de la autoridad durante los diez años posteriores al cumplimiento de la privación de libertad, dicho resguardo consistirá en informar a Carabineros cada tres meses el domicilio que mantenga.

El tribunal sumó en abono para la causa penal, todo el tiempo por el cual H.O.R.T. ha estado privado de libertad por el delito, manteniéndose ininterrumpidamente en prisión desde el día 13 de febrero de 2018, conforme se desprende de los antecedentes.

El condenado no deberá pagar las costas del procedimiento al ser representando por la Defensoría Penal Pública.

3 veces violó el padre a su hija quinceañera según lo acreditado en la prueba rendida.

Piden pena de 3 años para ex alcalde de Colchane Teófilo Mamani por malversación

E-mail Compartir

Ayer partió el juicio en contra del ex alcalde de Colchane, Teófilo Mamani, acusado por la Fiscalía de Alto Hospicio y la parte querellante por un delito consumado de malversación de caudales públicos.

En la primera jornada de un juicio agendado para finalizar en 8 días, tanto Fiscalía como la defensa del ex alcalde, presentaron sus alegatos de apertura seguido por las primeras declaraciones de testigos.

El procedimiento judicial que partió con la formalización de Mamani el pasado 28 de febrero de 2018, finalmente dedujo en una querella interpuesta por el diputado Hugo Gutiérrez.

Hechos

El documento de la causa penal asentó que "con fecha 17 de octubre del año 2014, siendo las 13:30 horas aproximadamente, en un terreno ubicado en el kilómetro 35.1 ruta A 16 de la comuna de Alto Hospicio, inmueble del fisco de Chile el cual se encontraba otorgado en arriendo a Teófilo Pedro Mamani García quien en ese momento era el alcalde de la comuna de Colchane, fue sorprendido utilizando para su uso personal y diferente para el cual está destinado el cargador frontal marca caterpillar, placa patente única FXSG.51 de propiedad de la Ilustre Municipalidad de Colchane, el cual era conducido por el funcionario Municipal Milano Calle Llave, el cual estaba trabajando sacando tierra desde el cerro y cargando el material en un camión tolva, marca volvo ppu DYGR.98 de propiedad de Delia Mamani García, hermana del alcalde, situación que se había repetido varias veces siendo sorprendido en ese instante por concejales de la comuna de Colchane quienes dieron cuenta de la situación a carabineros. El perjuicio fiscal corresponde a 9 millones seiscientos mil pesos correspondiente a los 10 días que la maquinaria municipal estuvo fuera de la Ilustre municipalidad de Colchane".

Para los acusadores los hechos descritos constituyen el delito consumado de malversación de caudales públicos.

Fiscalía y la parte querellante solicitan se aplique a los acusados Teófilo Mamani y Milano Calle, la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, una multa de 6 Unidades Tributarias Mensuales, junto a las accesorias legales del tramo punitivo y las costas de la causa.