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Serviu debe indemnizar con más de $5 millones a transeúnte por accidente

Pensionada se fracturó un tobillo debido a desnivel en faena de reparación de acera en el centro de la ciudad, que no estaba señalizada.
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Patricio Iglesias P.

El Tercer Juzgado de Letras de Iquique condenó a la empresa Leandro Sembler e Hijo S.A y a Serviu a pagar una indemnización millonaria por un accidente que sufrió una transeúnte en las obras de reparación de una acera no señalizada, sufriendo lesiones graves.

La demanda de indemnización de perjuicios presentada por el abogado de la víctima, fue contra la contratista y el Servicio de Vivienda y Urbanismo (Serviu) de Tarapacá en forma subsidiaria.

En el fallo (causa rol 5036-2017), la magistrada Karola Agurto dio lugar a la demanda y ordenó el pago a la afectada de $142.184 por daño emergente y $5.000.000 por perjuicio moral.

Hechos

Los hechos ocurrieron el 22 de diciembre de 2014, en horas de la tarde, cuando la afectada de iniciales A.S.L.T., jubilada, salía de la Clínica Dental Familiar, ubicada en la calle Serrano N°486 sufriendo una caída, azotando el lado derecho de su cuerpo, debido a un desnivel en la acera, por las obras de reparación del sector, las cuales estaban siendo ejecutadas en cumplimiento de un contrato de obra pública celebrado entre el Servicio de Vivienda y Urbanismo Región de Tarapacá y la empresa contratista Leandro Sembler e Hijo S.A.

En el fallo se afirma que en el lugar "no existía ninguna señalética que advirtiera a los transeúntes de los trabajos de reparación y su posible peligro, no cumpliéndose con estándares mínimos de seguridad y prevención de

riesgos".

Asimismo, la resolución judicial establece que "de las normas antes relacionadas se colige que la constructora demandada tenía la obligación legal de mantener señalización preventiva de advertencia de un desnivel en la acera donde ejecutaba trabajos de reparación, lo que no cumplió, incurriendo en una omisión culpable y negligente, culpa normativa que infringe la reglamentación vigente que regula la materia que justamente tiene por objeto precaver los riesgos y peligros para los peatones que transitan por dicha vía, velando por su seguridad".

Responsabilidad

También la resolución judicial señala que "por mandato legal son los Servicios de Vivienda y Urbanización (SERVIU) los encargados de la mantención de las vías públicas, no obstante la delegación en terceros de la reparación de las aceras, conservando siempre la responsabilidad subsidiaria que emana de su deber legal de prestación del servicio público", concluye.

Tratamiento

La demanda presentada por el abogado de la afectada, Rubén Sepúlveda Quiroz, señala que la jubilada tras el accidente debió recibir un largo tratamiento, con varios cambios de profesionales médicos y kinesiólogos.

Señala que "luego de un año, y sin perjuicio de haberse sometido a numerosos tratamientos y controles periódicos para apalear los dolores por las fracturas, el accidente tuvo para la vecina afectada innumerables consecuencias físicas, que le dificultan su capacidad de desplazarse con autonomía y desarrollar labores cotidianas con normalidad", afirmando que esa situación afectó su calidad de vida.

Acatan el fallo judicial

Desde el Servicio de Vivienda y Urbanismo (Serviu) de Tarapacá, señalaron en forma escueta que "se acatará en su totalidad el fallo" del Tercer Juzgado de Letras, declinando hacer comentarios sobre la resolución judicial por el accidente sufrido por una transeúnte. A causa de la caída, la mujer se fracturó un tobillo debido a un desnivel existente en la faena de reparación de acera en el centro de la ciudad, que no estaba señalizada.

2014 ocurrió el accidente, en que una jubilada salía de una clínica odontológica sufriendo una fuerte caída debido a un desnivel en la acera.