Ya parece costumbre, en nuestra ciudad, ver rimbombantes cortes de cintas de proyectos urbanos que, a poco andar, comienzan a ralentizarse.
Años atrás, en el sector de Las Urracas, los adocretos se cambiaban por pasto y luego por palmeras; y así los enroques seguían y seguían. Solo se veían avances y entregas de "tramos" cada cuatro años; coincidentemente unos meses antes de las elecciones de alcaldes.
Hace tiempo que no se ven avances sustantivos en el parque de Playa Brava. Digamos que se saca la vuelta. Ahora se dice que será concluido en febrero del 2020 y, si aceptamos que la puntualidad iquiqueña es baja, de seguro el corte de cinta sería, ¡vaya sorpresa!, cerca de las elecciones municipales.
Importante que las autoridades sepan que sus estrategias ya no pasan "piola".
Regulación cigarrillo electrónico
Ante la evidente necesidad de un proyecto de Ley que regule el uso de los denominados cigarrillos electrónicos, es notoria la falta de información respecto a las diferencias entre los dispositivos disponibles.
Cigarros electrónicos y calentadores de tabaco no son lo mismo. Los primeros no contienen tabaco, vaporizan una solución de nicotina y glicerol que puede contener saborizantes, en cartuchos presurizados y pre-llenados, o bien, que el mismo usuario puede cargar. En tanto, los calentadores son dispositivos que, como dice su nombre, calientan el tabaco sin generar combustión. En este último caso, no se inhala humo, sino un vapor que reduce de manera significativa el contenido de elementos tóxicos (95%) en comparación con el cigarrillo.
Otra diferencia es que, en los vapeadores, la dosis de nicotina por carga depende del consumidor, pudiendo ser más alta que un cigarrillo convencional, en cambio, el calentador de tabaco tiene una cantidad de nicotina por cartucho equivalente o menor a la de un cigarrillo convencional.
Sobre esta base, la regulación comparada muestra significativas diferencias, destacando países como Japón y Canadá, en los cuales los cigarros electrónicos están prohibidos, pero no los calentadores de tabaco.
Creo que los consumidores tienen el derecho a ser informados de manera correcta respecto de las características de cada uno de los distintos dispositivos disponibles y la regulación debe reconocer debidamente las diferencias asociadas.
Luis A. Gutiérrez Torres
Alejandro Erices
Doctor en Ciencias