Despejada la incógnita respecto al pacto social, que deberá convocarnos para reunirnos en convivencia democrática, cohesión social y proyecto futuro, una nueva constitución, queda ahora consensuar el mecanismo para su logro. Se impone la Asamblea Constituyente. Sin embargo, es necesario examinar sucintamente lo que nuestra historia nos enseña. Los mecanismos van conexos con la categoría de ciudadanía que existía.
Se nos ha hecho creer que, después de la renuncia de Bernardo O'Higgins, en 1823, vino la anarquía para poder resaltar la proyección de la Constitución de 1833. No obstante, como puntualizó el historiador Julio Heise, el decenio en referencia, fueron "años de aprendizaje político", procedente de la crisis- de madurez política, de búsqueda de un pacto social que recogió las diversas sensibilidades- donde Mariano Egaña, explicó a O'Higgins las razones por la que debía abdicar. Figura notable en la construcción de la institucionalidad que encauzó Ramón Freire. Ha sido Gabriel Salazar quien ha exaltado el bienio 1822-1823 la Revolución "de los pueblos", es decir, de las provincias. Había una democracia de los cabildos y la de los pueblos. La Asamblea de los Pueblos de las seis provincias (en total 31 pueblos) provocó la renuncia de O'Higgins y seguidamente la elección de la Asamblea Popular Constituyente de 1823, donde se acordó una división de seis departamentos (provincias), a su vez divididos en delegaciones. Cada delegación mediante "asambleas electorales" elegían cinco electores, que reunidos en una asamblea electoral conjunta en la cabeza de cada departamento elegían a los senadores. La asamblea electoral asumió la soberanía popular, en vez de los cabildos. El detalle: el ciudadano debió reunir los siguientes requisitos. Todos los habitantes libres, con 23 años, alfabetizados, y cumplieran con "alguno", acota Salazar, de los requisitos del sufragio censitario (una propiedad, un negocio, título profesional, pensión del Estado, empleo público, maestro mayor de un oficio, miembro del Cabildo). Constituyó la primera experiencia institucional de Asamblea Constituyente. Empero, las cosas no salieron como se había previsto, pues la Constitución de 1823, obra de Juan Egaña, reflejó los intereses de la aristocracia y del centralismo de Santiago.
La Constitución de 1828 y las dificultades en torno a la figura de la Vicepresidencia y la guerra civil acaecida en 1829, con el triunfo conservador, condujo a la reforma de la Constitución que condujo a la de 1833. Importa cómo se gestó esta nueva Constitución, teniendo a Mariano Egaña, como el gestor de las ideas que preconizaba Diego Portales.
Dr. José Antonio González Pizarro
Universidad Católica del Norte