Ciudad en pixeles
esquina destrozada La esquina de Patricio Lynch con Tarapacá es una de las más transitadas en el centro de Iquique. Sin embargo, está en mal estado, y con varias de sus cerámicas quebradas.
esquina destrozada La esquina de Patricio Lynch con Tarapacá es una de las más transitadas en el centro de Iquique. Sin embargo, está en mal estado, y con varias de sus cerámicas quebradas.
Se evidencia una escalada para crear un clima de mayor efervescencia social, a fin de no dar tregua al Gobierno que se ve en duros aprietos frente al violentismo extremo y la preocupación por la llegada del coronavirus del país.
Justamente para agitar más las aguas, unos diputados de un pequeño partido opositor hicieron una petición al Senado a fin de que se le informe sobre el procedimiento de inhabilidad del Presidente de la República, atribución exclusiva consagrada en el artículo 53. núm. 7.
Este es un factor muy negativo que distraerá al Parlamento de su máxima atención en los avances relativos a la Agenda Social y un acuerdo concensuado por el restablecimiento del orden público con absoluto respeto a los derechos humanos.
La historia nos señala que en 1890 en el Congreso se alzó una apasionada voz de un influyente diputado opositor, recordando que correspondía a ese Poder del Estado determinar si el Presidente José M. Balmaceda estaba inhabilitado para desempeñar su cargo, durante el desarrollo del creciente conflicto entre el Ejecutivo y el Congreso que observaba con preocupación las huelgas obreras de Tarapacá y del sur. Otro diputado respondió que si la mayoría parlamentaria opositora decidía estudiar la cuestión, "ese día se habría suicidado el Congreso y habría dejado de existir". La proposición fue solamente una provocadora amenaza. Balmaceda ya planeaba disolver el Parlamento, lo que no ocurrió, pero después estalló la guerra civil (1891).
Ya había sido rechazada en la Cámara de Diputados una acusación constitucional contra el Presidente de la República, amparada en su atribución exclusiva, art. 52, núm. 2, letra a). En vista de ese fracaso, hay parlamentarios que porfiadamente buscan afanosamente la manera de sacar de La Moneda al primer mandatario de la Nación, recurriendo al art. 53, núm. 7 de la Carta Magna, que señala que es atribución exclusiva del Senado "Declarar la inhabilidad del Presidente de la República o del Presidente electo cuando un impedimento físico o mental lo inhabilite para el ejercicio de sus funciones; y declarar asimismo, cuando el Presidente haga dimisión de su cargo, si los motivos que la originan son o no fundados y, en consecuencia, admitirla o desecharla. En ambos casos deberá oír previamente al Tribunal Constitucional". (Nueva Constitución Política de Chile, Stgo. 2013)
Los tres diputados opositores que hacen la solicitud referida desean conocer el procedimiento de inhabilidad del Presidente, el que según un diario capitalino "no está establecido ni tiene mayor regulación en la Constitución, ni en la Ley Orgánica Constitucional del Congreso ni en su reglamento".
La Comisión correspondiente del Senado deberá dar respuesta a esa petición.
Con lo referido, hay congresales que están afilando sus "hachas" para reemprender su embestida contra el Jefe de Estado. Esa censurable acción es muy difícil que prospere. Hay que continuar avanzando, despejando toda clase de obstáculos en el camino.
"Lo veo con preocupación porque se apela a la responsabilidad individual y en Sudamérica no es nuestro fuerte" señalaba el entrenador Ariel Holan, cuando se le preguntó respecto al Coronavirus.
La preocupación y apreciación de Holan son precisas. Sudamérica tiene una baja cultura de responsabilidad individual.
Basta darse una vuelta por la historia para ver eso.
Asdrúbal Pinedo R.
Marcelo González C.
¿Cree que fue buena idea suspender las clases en los colegios de Iquique y todo Chile?
¿Las medidas adoptadas por el Gobierno evitarán una mayor propagación del coronavirus en el país?