Pagará 8 años de cárcel por asalto en Playa Blanca
Dos días después el acusado, que usó un arma en el robo, cayó conduciendo el auto sustraído.
Ala pena efectiva de ocho años de presidio por el delito de robo con intimidación fue condenado Wainer García Ramos, de quien en juicio oral la Fiscalía logró acreditar su participación en el referido ilícito perpetrado con un arma de fuego.
La acción afectó directamente a una pareja de amigos que para el evento se mantenían compartiendo en el sector de Playa Blanca, y a quienes el acusado les sustrajo el vehículo en el cual se desplazaban.
En el procedimiento judicial fue el fiscal Francisco Almazán quien fundó la acusación manifestando que los hechos ocurrieron el pasado 18 de marzo en la noche, alrededor de las 23:30 horas, cuando la víctima se encontraba junto a un amigo en el mencionado sector.
El persecutor manifestó que "en esos instantes llegó en un vehículo al lugar el acusado García Ramos junto a otros sujetos desconocidos, quienes se acercaron a la víctima y el sindicado utilizando un elemento similar a un arma de fuego, le exigió la entrega de las llaves del vehículo y de otras especies".
Almazán señaló que con dicha acción el imputado logró su objetivo de hacerse de las posesiones de los afectados, para luego darse a la fuga del lugar. Posteriormente siendo el pasado 20 de marzo, en horas de la tarde, aproximadamente a las 17 horas, el vehículo de propiedad de la víctima fue captado por cámaras de seguridad circulando por calle Sotomayor, procediendo con ello los funcionarios policiales a la detención del condenado quien conducía el auto sustraído.
En el juicio declararon con identidades reservadas los afectados del robo, quienes explicaron cómo el acusado los apuntó con un arma de fuego y les exigió la entrega de las llaves del auto, mientras además los registraba corporalmente.
Fue la mujer afectada quien según la Fiscalía logró ver bien el rostro del acusado, y con ello luego pudo identificarlo cuando fue detenido con el automóvil. También declararon los funcionarios de Carabineros que detuvieron al acusado y que realizaron la diligencia de reconocimiento fotográfico.
A pesar que García Ramos no presentaba condenas previas, el tribunal resolvió condenarlo a la pena efectiva de ocho años de cárcel, esto tras considerar la mayor extensión del mal causado esgrimida por la Fiscalía, ya que la víctima mujer sufrió una afectación emocional por la forma en que se cometió el delito y por haber sufrido tocaciones de parte del acusado cuando sustrajo sus especies personales.
L defensa del acusado señaló que la prueba aportada por la Fiscalía infringía el derecho a la defensa, en especial por los testigos con identidad reservada, pues según la defensa del acusado al ignorar de quienes se trataba no pudieron presentar pruebas para desvirtuar sus dichos, ni ejercer con ello la posibilidad de contrainterrogar adecuadamente.
Por lo anterior la defensa requirió su valoración negativa y en definitiva la absolución de su representado, situación que fue desestimada por el Tribunal.