Van más de 3 mil solicitudes de retención del segundo retiro
Desde el Poder Judicial indicaron que el requerimiento de retención de fondos AFP por deudas alimenticias puede realizarse vía online.
Un total de 3.549 solicitudes de retención por el segundo retiro de fondos previsionales para el pago de deudas de alimentos han recibido, hasta el pasado domingo 20 de diciembre, los tres juzgados con competencia en Familia en la región, esto de acuerdo al registro de la plataforma tramitefacil.pjud.cl, dispuesta por el Poder Judicial para recibir dichas peticiones.
La jueza presidente del Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Pozo Almonte, Daniela Gutiérrez, recordó que las personas no necesitan ir al tribunal para hacer el trámite, "pudiendo efectuar toda la petición a través del botón trámite fácil que está disponible en www.pjud.cl. A través del link correspondiente pueden efectuar todas las solicitudes y conocer el estado de la tramitación".
Añadió que también a través de la página del Poder Judicial, las personas pueden conocer el estado de la tramitación de su solicitud mediante otra plataforma denominada Oficina Judicial Virtual, oficinajudicialvirtual.pjud.cl.
La magistrada explicó que "luego de pedir la retención, el tribunal tiene un plazo de 48 horas para decretarla por resolución. Esta resolución se remite internamente a las AFP, las que luego informan a cuánto asciende la suma que tiene derecho a retirar el cotizante, manteniendo resguardados los dineros hasta que el o los tribunales ordenen pagar".
"En el intertanto los tribunales practican una liquidación de la deuda, la que debe ser notificada a las partes quienes tienen tres días para objetarla", explicó Gutiérrez.
Transcurrido ese plazo y resuelta la objeción, el tribunal calcula la proporción y ordena a la administradora a pagar en un plazo de 10 días y en la cuenta abierta para el pago de la pensión alimenticia.
10 días es el plazo que tienen las administradoras de fondos para realizar el pago.