Absuelven a joven que estuvo preso un año por secuestro y porte de arma
Fiscalía adelantó que iniciará una investigación luego que víctima y testigo cambiaran sus declaraciones.
Un hombre de 31 años de edad, de iniciales D.G.V., fue absuelto por el Tribunal Oral en lo Penal tras pasar un año en prisión preventiva como acusado de secuestro y porte de arma. La acusación surgió luego que transportara a su primo, de iniciales A.E.V., quien sí resultó condenado por el tribunal.
El defensor penal público, Andrés Hidalgo, informó que el Ministerio Público pedía para D.G.V. once años de presidio. El otro inculpado, A.E.V., quien fue defendido por un abogado particular, fue condenado a cuatro años de presidio como responsable de daños y porte ilegal de arma de fuego.
Este hecho se remonta al 26 de marzo de 2020 a eso de las 17 horas, cuando un hombre de iniciales A.V. llega a un domicilio en Valle Verde. Al estacionar el vehículo roza el auto de A.E.V., quien, molesto, rompe un vidrio del otro automóvil con un fierro. Se retira del lugar, pero luego vuelve en otro auto y amenaza al hermano de A.V. como único testigo del hecho y lo obliga a subir al vehículo que era conducido por D.G.V.
"Súbete porque vas a pagar tú por lo que me hizo tu hermano y si no, te voy a poner un balazo", le habría dicho el condenado en versión de Fiscalía.
El joven, al verse amenazado, se sube al vehículo, siendo trasladado hasta calle Los Algarrobos, donde estaría su hermano, quien era buscado por el acusado para que pagara por los daños. En ese lugar, A.E.V. llama a A.V. por teléfono para advertirle que tenía secuestrado a su hermano y que podía dispararle si no salía de la casa. Sin embargo, A.V. llama a Carabineros, quienes llegan al lugar.
A juicio de la Fiscalía, se configuraron los delitos de secuestro, por el que se pidieron siete años de presidio, y porte de arma de fuego, por el que se pidieron otros cuatro años, además de 540 días de reclusión por daños simples, pero solo a A.E.V.
No obstante, para la Defensoría Penal Pública, D.G.V. transportó en su vehículo al condenado, pero sin participar de la disputa. "Desde los inicios del proceso dijimos que mi representado no tuvo participación alguna en un delito de secuestro que, en el juicio oral, tampoco pudo acreditarse que existiera. Ahora, sobre el arma de fuego encontrada, esta nunca estuvo a disposición de mi representado", expresó el defensor Hidalgo.
Además, lamentó el año que su representado pasó privado de libertad: "Es un ejemplo más del uso equivocado que se está haciendo de la medida cautelar de prisión preventiva".
De víctima a imputado
El fiscal del caso, Francisco Almazán, indicó que la denuncia realizada por la víctima fue corroborada por testigos, por el hallazgo de armas de fuego en poder de unos de ellos y por el audio de la llamada de auxilio al 133, que indicaba que se había producido el secuestro del afectado.
"Es por esos graves hechos que el Juzgado de Garantía decretó la prisión preventiva, porque se acreditaron los delitos y participación de los imputados, considerando además las condenas previas que ambos tenían. Esta medida fue revisada en al menos tres oportunidades manteniéndose, incluso confirmada por la Corte de Apelaciones, por lo que la medida de prisión preventiva se justificó desde un inicio", dijo Almazán.
No obstante lo anterior, Fiscalía comunicó que en el juicio oral la víctima y el testigo, que conocían a los imputados previamente, se retractaron de lo denunciado, a pesar de la evidencia, cambiando su versión de los hechos.
"Debido al cambio en la declaración de la víctima y del testigo en el juicio, iniciaremos una investigación para determinar si los afectados mintieron en el Tribunal Oral, lo que implicaría un delito de falso testimonio, o bien mintieron al inicio de la investigación, lo que correspondería a un delito de obstrucción a la investigación. En ambos casos su calidad ya cambió, de víctima y testigo, a la de imputados", advirtió el fiscal.