Condenan al pago de $1 millón a joven por daños al monumento de Eleuterio Ramírez
La acción ocurrió en noviembre de 2019, en medio de una marcha en el contexto del estallido social.
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique condenó a Cristián Alexander Silva Bautista a la pena de 61 días de presidio, con el beneficio de remisión condicional de la pena, en calidad de autor del delito de daño a monumento nacional. Ilícito perpetrado en noviembre de 2019, en el contexto del estallido social.
En el fallo el tribunal aplicó además al imputado la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, más el pago de multa de 2 UTM. En el aspecto civil, el tribunal acogió la demanda interpuesta por el Consejo de Defensa del Estado y lo sentenció a pagar la suma única y total de $1.000.000, por concepto de indemnización de perjuicios.
"Que acreditada la existencia del hecho punible y la participación que en él le cupo al acusado, se cumple el presupuesto para que este sea obligado a indemnizar el daño inferido con ocasión del ilícito, así lo dispone el artículo 2314 del Código Civil", consignó el fallo.
El documento añadió que "el tribunal estima que el daño emergente efectivo imputable a este, que se refiere única y exclusivamente al brazo desprendido, no supera el millón de pesos, suma con la que estimamos se satisface la pretensión del actor, por lo que se hará lugar a la demanda civil de indemnización de perjuicio solo en cuanto se establece esta en la suma de $1.000.000".
En el juicio, y tras la acusación formulada por la Fiscalía, el tribunal dio por acreditado que aproximadamente a las 21:35 horas del 11 de noviembre de 2019, Silva Bautista, quien se encontraba en la avenida Arturo Prat, en una marcha no autorizada, "se subió a la estatua de Eleuterio Ramírez, que corresponde a un monumento público, conforme lo dispone el artículo de ley 17.288, ubicado en la plaza del mismo nombre en la citada avenida".
El persecutor relató que el acusado "comenzó a forzar el brazo derecho de la estatua con movimientos fuertes, fracturando su estructura, causándole daños, llegando a prácticamente cortar dicha pieza adosada al cuerpo del monumento, acción que cometió por varios minutos, para luego descender siendo alcanzado por carabineros quienes lo detuvieron".
Defensa
En tanto, durante el juicio la Defensoría Penal Pública señaló que a su criterio "la prueba de los acusadores era insuficiente para acreditar el delito", por lo que instó al tribunal a dictar un veredicto absolutorio. Sumado a ello el acusado renunció a su derecho a guardar silencio y prestó declaración a los magistrados, reconociendo que cometió un error al subir a la estatua. Aseveró que se dejó llevar por la multitud que en ese momento protestaba y que no era efectivo que haya roto el brazo de la estatua, de la cual dijo tenía una fractura provocada con anterioridad.
A pesar de lo señalado el tribunal acogió la acusación de la Fiscalía.
Tras lo resuelto, la secretaria regional ministerial de Bienes Nacionales, Pilar Barrientos, manifestó que "el fallo sin duda es histórico y demuestra la valoración que la sociedad le entrega a un bien nacional protegido, como es nuestro patrimonio cultural e histórico, incluso sancionando con normas penales".