Corte de Arica reconoció que Hugo Gutiérrez tiene fuero
Acogen amparo en favor de convencional. Causas eran por el delito de injurias.
La Corte de Apelaciones de Arica acogió un recurso de amparo presentado en favor del exdiputado y actual convencional, Hugo Gutiérrez.
El amparo fue presentado por el abogado del convencional comunista, Enzo Morales ante resoluciones del tribunal de garantía de Iquique, así como la Corte de Apelaciones de Iquique por determinar ésta que no tenía fuero. El amparo obliga que dos querellas presentadas por el diputado Ramón Galleguillos y el director de Corfo, César Villanueva, por injurias, para avanzar jurídicamente deben solicitar que al convencional se le quite su fuero.
Consultado Hugo Gutiérrez, manifestó su conformidad que la Corte de Arica le reconociera su fuero. "La Corte de Apelaciones (en la causa de la Armada) resolvió que no tenía fuero y podían juzgarme, entonces el Juzgado de Garantía que antes me había sobreseído, precisó que se debía seguir la causa. Pero la Corte de Arica (ahora) señala que sí tengo fuero, en consecuencia me deben pedir el desafuero".
En tanto, el abogado de Gutiérrez, Enzo Morales precisó que "se presentó un recurso de amparo contra la Corte de Iquique y se ordenó el desafuero para proceder (judicialmente) contra Hugo Gutiérrez".
Respecto a la causa de la Armada, por supuestas amenazas a personal que fiscalizaron al entonces diputado en 2020 cuando volvía de una actividad social, Morales aseguró que está en la Corte Suprema "y se encuentra en acuerdo, está en estudio de los ministros y donde se puede determinar su desafuero o rechazarlo".
Amparo
El fallo acoge el recurso de amparo interpuesto en favor de Gutiérrez y "se anula todo lo obrado en las causas Rit 757-2021 y Rit 804-2021, del Juzgado de Garantía de Iquique, retrotrayéndose el procedimiento en dichas causas al estado de mantener vigente la resolución de 2 de agosto de 2021 mediante la cual la Juez de Garantía sobreseyó temporalmente las mismas, a fin que las partes querellantes, previamente requieran ante la Corte de Apelaciones correspondiente, pronunciamiento acerca de si hay mérito para declarar 'que ha lugar a la formación de causa', y con su mérito, si fuera el caso, proceder el Juzgado de Garantía a pronunciarse sobre la admisibilidad de las querellas y proseguir conforme las normas que regulan la tramitación de los delitos de acción penal privada".
La Corte además reconoce que Gutiérrez tiene fuero: "las normas sobre fuero tienen por finalidad garantizar el correcto funcionamiento de la institucionalidad democrática, y atendido a que en la actualidad el amparado efectivamente goza de fuero, como asimismo en la época en la cual habrían acaecido los hechos punibles que se le imputan por la querellante particular en su condición de diputado, surge la necesidad de obtener la autorización previa para proceder en su contra".
Además estableció que "el amparado investido ya de su cargo de Convencional Constituyente de la República en esta ocasión, ergo, se hace necesario previo a proceder penalmente en su contra, dar cumplimiento al requisito constitucional que contempla la actual Constitución, por lo que solo queda actuar en consecuencia, adoptando de inmediato las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección".