Ados penas de 541 días de presidio como autor de un delito consumado de lesiones menos graves en el contexto de violencia intrafamiliar, además de un delito de desacato, fue condenado Víctor Miguel Viveros Medina, a quien la Fiscalía acusó por cuatro hechos violentos ocurridos en perjuicio de quien fuera su conviviente, a quien existiendo una orden de alejamiento el sindicado golpeó con una banca de madera en la cabeza provocándole un traumatismo craneofacial de carácter menos grave.
Los hechos materia de la condena ocurrieron el 31 de marzo de 2019 y el 8 de octubre de 2018 en la comuna de Iquique.
La Fiscalía indicó al tribunal que ese 8 de octubre aproximadamente a las 17:00 horas, el acusado concurrió a su domicilio ubicado en calle Barros Arana de Iquique, lugar en el que se encontraba su conviviente y producto de una discusión el acusado le dijo a la víctima "andas con otro, andas con mi amigo", se abalanzó sobre la mujer, la tironeó y le arañó el pecho, para luego decirle "te voy a matar si te pillo con otro", dichos que provocaron temor en la víctima de que el acusado pudiese atentar contra su vida.
Producto de lo anterior la afectada resultó con una herida erosiva en la mano derecha y en el pecho, lesiones clínicamente de carácter leves.
Posteriormente el 31 de marzo de 2019, aproximadamente a las 4:30 horas, el acusado concurrió al domicilio de su conviviente y producto de una discusión por tema de celos, el acusado agarró una banca de madera y se la lanzó en la cabeza a la víctima, provocándole traumatismo craneofacial sin compromiso neurológico, lesiones clínicamente menos graves.
Dicha acción fue desplegada por el acusado en conocimiento que existían en su contra medidas accesorias del Juzgado de Garantía de Iquique, de fecha 9 de octubre de 2018, por los delitos de amenazas simples y lesiones menos graves, ambos en contexto de violencia intrafamiliar, en la cual se le impuso al imputado la suspensión condicional del procedimiento, con las condiciones de abandono del hogar común y prohibición de acercamiento a la víctima por el plazo de un año, medidas accesorias que se encontraban vigentes al día 31 de marzo de 2019 cuando ocurrió el segundo acto violento.
Pese a la condena al sentenciado se le otorgó la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva en reemplazo de las penas privativas de libertad. Asimismo, Viveros Medina se verá obligado a cumplir las medidas accesorias de abandono del hogar común, y la de prohibición de acercarse a su conviviente, domicilio, lugar de trabajo o estudio, y cualquier lugar en que se encuentre por el plazo de dos años, y la asistencia obligatoria a un programa terapéutico de control de impulsos y de orientación familiar por el término de un año.
120 centímetros de profundidad tienen los nidos de las golondrinas de mar.
Romel J. Puche
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