No es el momento
Hoy se está discutiendo en el Congreso, con urgencia, el proyecto de ley que permitiría el matrimonio entre dos personas del mismo sexo; si bien considero que debe darse en nuestra sociedad la discusión sobre este tema, no creo que sea el momento para ponerle urgencia, existiendo otros pendientes más prioritarios de resolver, como por ejemplo proyectos de infancia.
Sobre todo, cuando a 6 años de la entrada en vigor de la Ley 20.830, no pareciera que existe necesidad de modificar el matrimonio para permitir que parejas de igual sexo obtengan protección legal a su unión. El Acuerdo de Unión Civil, les otorgó a las parejas del mismo sexo todos los derechos que otorga al matrimonio. Sólo uno se excluyó, que es el deber de socorro que existe entre los cónyuges porque así fue querido por quienes impulsaron esa ley, como tampoco se incorpora que la procreación sea uno de los fines de este acuerdo toda vez que dos personas del mismo sexo no pueden darle vida a una nueva.
Se invoca el reconocimiento al "amor" que existe entre las parejas del mismo sexo, tal cual se hizo para el AUC. Pero el amor es indiferente para el derecho porque nada puede hacer con él: ni asegurarlo ni promoverlo. La prueba está con el grave drama moral que ha emergido con las deudas alimenticias.
El derecho regula el matrimonio porque en él hay una unión entre un hombre y una mujer que son "potencialmente" aptos para la procreación y, con ello, pueden dar lugar a una familia. El Estado ha intervenido en un acto esencialmente privado como es la unión entre dos personas porque al existir la posibilidad de que nazcan hijos se transforma en un hecho social y jurídicamente relevante. En el Derecho chileno, la filiación como relación jurídica descansa en un hecho de la naturaleza: la generación. Ello determina que sólo se produce entre un hombre y una mujer dotados para engendrar, lo que justifica el reconocimiento de la relación filial del hijo con un padre (paternidad) y con una madre (maternidad).
Pretender eliminar la referencia necesaria a madre y padre por el vocablo progenitor(es), intenta borrar de esta forma la importancia que puede tener para el hijo y la construcción de su identidad, el que su filiación establecida legalmente tenga su correlato en la verdad de su nacimiento y venida al mundo.
La reforma planteada pretende consolidar jurídicamente la indiferenciación sexual tratando de hacer igual lo que por naturaleza es diferente.
Privar jurídicamente a un niño del derecho de tener un padre y una madre como el dato básico y punto de partida para el ejercicio del derecho a la identidad resulta en la mayor de las desigualdades e injusticias.
"El derecho regula el matrimonio porque en él hay una unión entre un hombre y una mujer".
Luz Ebensperger,, senadora por Tarapacá