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Cormudesi deberá pagar $9 mil millones tras fallo

Esta semana la corporación sacó de circulación 22 furgones de servicio en educación y salud, embargados por la Cooperativa Alcantagua.
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Patricio Iglesias P.

Con el embargo de 22 vehículos, en su mayoría furgones comprados por Cormudesi para el traslado de personal de salud primaria y profesores, así como estudiantes, esta semana la entidad privada comenzó a cumplir con el fallo de la Corte Suprema que la obliga a pagar $9 mil millones a la Cooperativa Alcantagua, por el uso de terrenos privados en la construcción del actual consultorio Cirujano Aguirre.

Pese a que en el litigio judicial iniciado en 2015 en el Primer Juzgado Civil terminó con un fallo a favor de Cormudesi y en 2017 la Corte de Apelaciones también el dio el favor a la entidad municipal respecto a que no cabía una demanda por los terrenos, en 2020 la Corte Suprema revirtió la situación y determinó que se usaron terrenos privados para el levantamiento de la obra.

El principal tribunal del país resolvió acoger a favor de la Cooperativa Alcantagua percibir un "justo precio del predio", al haberse acreditado que existe una superposición de inscripciones, y que la demandante y recurrente de casación, es dueña de parte del terreno en que se emplaza el Cesfam Aguirre en el Pasaje Chintaguay.

22 vehículos

El secretario general de la Cormudesi, Víctor Guerrero Cossio, manifestó que efectivamente se debe acatar el fallo y por eso se procedió a apartar los vehículos, que están avaluados cada uno en 10 millones de pesos.

Guerrero aseveró que en el caso "no hay nada más que hacer, porque la sentencia de la Corte Suprema es definitiva y esta acogió la demanda de la cooperativa Alcantagua por el uso de terrenos de esa cooperativa y que fueron entregados a título gratuito, pero que les pertenece".

Guerrero fue enfático en señalar que 9 mil millones de pesos le es imposible pagar a Cormudesi. "No tiene recursos, administra fondos públicos y lo único que tiene son vehículos comprados por la Corporación y ante eso, los demandantes solicitaron el embargo de los automóviles y son 22 autos embargados, tanto del Departamentos de Salud y de Educación".

Precisó que "los vehículos, por 10 millones cada uno, ni siquiera se acercan a la deuda de 9 mil millones que ellos quieren".

El secretario general dijo que ante el escenario, "lo que hemos hecho es recurrir a los ministerios de Educación y Salud para solicitar su participación en esto, porque los bienes son de ellos, son fiscales y si quedamos sin vehículos afectamos a los usuarios de salud y de nuestros colegios. Lo que queremos es que nos ayuden subsidiariamente a resolver este problema, solicitando se proteja el bien fundamental o la acción de Cormudesi de brindar salud y educación para la comuna de Iquique".

Los vehículos tienen orden de embargo y se debe acatar.

Guerrero agregó que la Corporación no tiene terrenos "y a nombre de la corporación están los vehículos y un par de viviendas que se intentan embargar".

-¿Se corre riesgo que se embargue maquinaria de salud?

-Se corre el riesgo de todo lo que está a nombre de Cormudesi pueda ser embargado. Equipamiento de colegios, principalmente computadores, equipos, cámaras, porque en el caso de salud, está en la municipalidad y no puede ser embargada. Esto le planteamos al subsecretario de Educación, porque esta situación es grave y atenta contra los niños de Iquique.

Víctor Guerrero aseveró que pese a esta situación, la Cormudesi desde el 2014 "no tiene problemas financieros y de ese año no se pide dinero al municipio y con propios recursos paga todo, estamos con sueldos e imposiciones al día. El problema lo tenemos ahora por los 9 mil millones, que no es una multa, sino por el uso de terrenos que la Corte Suprema asegura pertenecen a la cooperativa y que sus peritos calcularon en 9 mil millones de pesos. Pero la Cormudesi recibió consultorios y colegios construidos".

El directivo de la Cormudesi anunció que para reemplazar los móviles embargados, están arrendando vehículos para seguir operando en salud y educación.

-¿Hay un riesgo de que se afecten sueldos y recursos para salud y educación?

-No debería, porque eso llega (recursos) a cuentas que no son embargables y nosotros tomamos las providencias del caso para que las remuneraciones de trabajadores de ambos departamentos (Salud y Educación) sigan recibiéndose correcta y oportunamente.

Aclaró que las gestiones se iniciaron desde el año pasado.

Concejales preocupados por embargo de bienes

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Preocupación expresaron concejales ante la situación que vive Cormudesi. Rodrigo Oliva manifestó que "efectivamente hay un embargo respecto a la sentencia de la Corte Suprema, por la construcción del Cesfam (Aguirre) y solicitaré el traspaso de antecedentes por parte de la Corporación".

Dijo que es una materia diferente de la Corporación y el municipio, "pero es una situación grave que afecta el patrimonio de la Corporación Municipal y del municipio, pues se tiende a complejizar aún más".

El temor del edil es que se afecte otras dependencias y no descartó incluso iniciar acciones legales por este hecho o por un "eventual abandono de deberes de la administración actual".

Mientras que el concejal Washington Santos expuso que "hace una semana me enteré de este tema y no se ha tocado por parte de la administración. La corporación es privada y el concejo aprueba dineros para destinarlos allá. Nos gustaría se nos informara por qué pasó y en qué consiste, pero necesitamos que se transparente porque no sé dónde se va a sacar tanto dinero para cubrir eso".

Indemnización por una franja de terreno

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La Tercera Sala de la Corte Suprema, en voto dividido, acogió en febrero de 2020 un recurso de casación en el fondo interpuesto por la cooperativa Alcantagua que desechó la acción revindicatoria intentada contra el municipio de Iquique, por la construcción de un centro Cesfam en terrenos de propiedad de la demandante, considerando que el fallo impugnado al no acoger la acción subsidiaria infringió lo prescrito por el Artículo 669 del Código Civil, dándose una hipótesis de acción de mueble a inmueble y pago de justo precio.

El fallo ROL:18877-18 señala que "resulta imposible en este contexto fáctico la disociación jurídica entre el inmueble y los materiales de construcción, que han perdido su individualidad al quedar incorporados al policlínico que se edificó, adheridos en forma permanente al suelo en donde este se emplaza. Ello nos permite constatar una hipótesis del enriquecimiento indebido en beneficio del Fisco demandado, que debe ser necesariamente indemnizada al que era titular de la franja o porción de terreno a la época de su construcción".

También establece que "se indemniza al dueño de lo principal por el terreno, con el objeto de evitar los costos de la reversión de la situación producida y el empobrecimiento ajeno; además por una consideración de orden racional, pues habiéndose reunido los materiales y el terreno, que pasan a formar un solo ser en un edificio nuevo, en este caso, un policlínico".