Condenan a pareja por matar a puñaladas a un chofer en asalto
Ambos acusados son chilenos. Tras el ataque la víctima condujo al hospital para morir en la puerta.
Ala pena de 18 y 10 años de presidio, respectivamente, fue condenada una pareja de chilenos como autores de un delito de robo con homicidio.
En su acusación la fiscal Jócelyn Pacheco explicó que los hechos ocurrieron el 9 de febrero del año 2021, aproximadamente a las 5:51 horas, en calle Lincoyán a la altura del número 1315 de Iquique, cuando "los acusados Marcelo Martin Arredondo Tapia y Jonathan Iván Garay Arias, premunidos de armas corto punzantes, previamente concertados para sustraer especies, se acercaron a la víctima, Maximiliano Hernán Bernales Silva, instantes en que transitaba en su vehículo a baja velocidad y en el momento en que se estacionaba".
La persecutora relató en el juicio que "los acusados lo intimidaron, registrándolo a él y a su vehículo en búsqueda de especies de valor, apuñalándolo en la región precordial, logrando ambos sustraer su billetera con unos 400 mil pesos en su interior, su teléfono celular y una cadena, huyendo luego los acusados de lugar con las especies sustraídas en su poder".
Ocurrido lo anterior, la víctima mal herida comenzó a conducir su auto en dirección al hospital regional, pero al llegar a calle Thompson, frente al número 1871, falleció producto de una hipovolemia aguda, secundaria a traumatismo por arma corto penetrante, de acuerdo a lo establecido en la autosia de ley.
En el juicio la defensa de Garay Arias pidió la recalificación al delito de robo con intimidación, porque a su criterio no se ejerció por su cliente violencia para causar la muerte, y no existió concierto con el coimputado para asesinar a la víctima, el acuerdo era solo para sustraer y amedrentar.
En tanto la defensa de Arredondo Tapia indicó que su mandante colaboró con el esclarecimiento de los hechos, permitiendo al Ministerio Público prescindir de parte importante de la prueba.
En el procedimiento declararon familiares y cercanos al fallecido, testigos protegidos y los peritos de la Brigada de Homicidios (BH) de la Policía de Investigaciones (PDI), quienes a través de cámaras particulares identificaron a los hoy condenados.
En su resolución el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal (TOP) de Iquique asentó que "debido a la duración de los actuales castigos, resulta improcedente respecto de los acusados la concesión de alguna de las sanciones sustitutivas". Y terminó por decretar respecto de Garay Arias la pena de 18 años de presidio mayor en su grado máximo, y en cuanto a Arredondo Tapia una pena de 10 años de presidio.
Cámaras
El día de los hechos la Brigada de Homicidios (BH) de la Policía de Investigaciones (PDI) realizó los peritajes del caso, atendido el llamado del Ministerio Público. En el trámite los detectives lograron obtener grabaciones de cámaras de televigilancia particulares, de donde pudieron obtener fotogramas que facilitaran identifcar a los acusados, quienes finalmente cayeron detenidos en días posteriores.
9 de febrero de 2021 ocurrió el hecho en el cual la víctima mal herida trató de llegar al hospital.