De actas y fake news
La campaña del plebiscito de septiembre pasado estuvo marcada por imputaciones de fake news. Los del Apruebo acusaban a los del Rechazo de sembrar el terror con afirmaciones que no aparecían en el texto propuesto. Los del Rechazo se defendían argumentando que, para entender el proyecto, había que revisar cuáles eran las indicaciones que se habían dejado fuera. De ahí surge la pregunta ¿cómo leer correctamente una norma constitucional? Porque ellas suelen contener principios y estar redactadas en términos amplios cuyos alcances son difíciles de vislumbrar.
Una herramienta clave es tener acceso a las discusiones del órgano que adoptó la norma. En el caso de la Convención Constitucional, la ciudadanía podía ver las sesiones del pleno y de las comisiones en tiempo real a través de las transmisiones del sitio web. Sin embargo, estas medidas de publicidad reemplazaron algo que en el tiempo demostró ser irremplazable: las actas. Estos documentos, poco vistosos, asociados a formalismos y a abogados, resumen de forma condensada lo que ocurre en los órganos que legislan. Y aunque no se puedan leer a mayor velocidad como ocurre con los videos, igual se revisan más rápido que estos.
El reglamento aprobado a finales de enero para regular el nuevo proceso constituyente esta vez sí encarga a la Secretaría redactar actas y conservar el archivo de lo que ocurra en la Comisión Experta y en el Consejo Constitucional. Estas funciones pueden ser cruciales a la hora de informar a la ciudadanía el contenido de la propuesta de constitución que se va a plebiscitar a final de año.
En el caso de las actas del Comité de Expertos, estas cumplen otra función además: informar al Consejo Constitucional electo qué significan las normas del anteproyecto sobre el cuál tendrán que trabajar. Sin embargo, como los consejeros probablemente no alcancen a revisarlas por los acotados plazos que tienen que cumplir, sería conveniente que en el informe del Comité de Expertos también se incluya un resumen de las propuestas que no alcanzaron los 3/5 de los comisionados.
Con el mismo objetivo de informar, también convendría que el Comité Técnico de Admisibilidad contemple la posibilidad de emitir votos de minoría. Esta facultad dependerá de las normas de procedimiento que el mismo órgano se otorgue.
Las fake news son un fenómeno complejo, que no debe abordarse con soluciones simplistas que olviden la múltiples aristas que tiene: el peligro de limitar la libertad de expresión, el dinamismo de las redes sociales y el funcionamiento de los algoritmos de estas, entre otras. Por ello, lejos de mí afirmar que las actas en el nuevo proceso constituyente sean la medicina perfecta para este problema. Sin embargo, me parece notable que algo tan anticuado como unas actas, puedan terminar siendo una gran contribución para la democracia en tiempos de redes sociales. Nada podrá reemplazar, eso sí, el deber de los ciudadanos de contrarrestar la información que reciben con fuentes serias y confiables. Ello requerirá una formación cívica que no puede adquirirse de la noche a la mañana. Y que por cierto una nueva Constitución tampoco puede garantizar.
Soledad Bertelsen,, profesora de Derecho Constitucional e investigadora de Polis, Observatorio Constitucional de la Universidad de los Andes